TITULO 1 - DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULOS 1 AL 22
Define las facultades juridicas para calificar una
entidad partiicipante en proceso de contratacion
frente a sus habilidades y competencias
Disponer las reglas y principios que rigen los
contratos de las entidades estatales.
Definición de Entidades, Servidores y Servicios
Públicos. Para los solos efectos de esta Ley
TITULO 2 - DE LOS PRINCIPIOS DE LA
CONTRATACIÓN ESTATAL
TRANSPARENCIA
Los pliegos de condiciones o términos de referencia deben contener requisitos necesarios para participar,
reglas justas, claras y completas para una escogencia objetiva, condiciones de costo, calidad, cuantía.
Los contratistas se seleccionan mediante
licitación o concurso público
SECOP - COLOMBIA COMPRA
SICE
ECONOMIA
En las normas de selección y en los pliegos de condiciones se establecen procedimientos para selección objetiva de la propuesta más favorable. Las entidades
pueden abrir licitaciones una vez tengan los presupuestos, los pliegos de peticiones y estudios deben elaborarse antes del proceso de selección. El contratista
debe presentar garantía única la cual certifica el cumplimiento de las obligaciones adquiridas al firmar y durara hasta la liquidación, póliza de garantía.
Los servidores públicos deben vigilar la ejecución de los contratos según su objeto y fines de la contratación. Los contratistas serán responsables por
ocultar inhabilidades o incompatibilidades al contratar al igual que los documentos incluidos para obtener el contrato. En los contratos estatales se
debe mantener la igualdad de derechos y obligaciones en el momento de proponer o contratar y la entidad debe cumplir con los pagos.
RESPONSABILIDAD
Los servidores públicos deben vigilar la ejecución de los contratos según su objeto y fines de la contratación. Los
contratistas serán responsables por ocultar inhabilidades o incompatibilidades al contratar al igual que los documentos
incluidos para obtener el contrato. En los contratos estatales se debe mantener la igualdad de derechos y obligaciones en
el momento de proponer o contratar y la entidad debe cumplir con los pagos.
REGLAS DE UNA LICITACION
Orden de apertura por el representante de la
entidad (estudios, diseños y evaluaciones de pre
factibilidad)
La entidad elabora los pliegos de
condiciones
10 a 20 días antes de apertura se
publican 3 avisos en diarios
Las propuestas deben contener y
sujetarse a los liegos de condiciones
Según su naturaleza, objeto y cuantía del contrato la
entidad señalara las revisiones
Los plazos para adjudicación y firma
estarán en los pliegos
La adjudicación se hará por audiencia pública, en la que
participa el representante y los servidores que
elaboraron estudios y evaluaciones
TITULO 3. DEL CONTRATO ESTATAL
CONTRATO DE OBRA
Cuando se realiza trabajo material
sobre bienes inmuebles
CONTRATO DE
CONSULTORÍA
Estudios para la ejecución de proyectos,
diagnósticos, perfectibilidad, asesorías
técnicas de coordinación, gerencia de obras o
proyectos, interventoría y asesoría, gerencia,
planos, anteproyectos o proyectos.
CONTRATOS DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Cuando se desarrollan actividades
relacionadas con el funcionamiento de la
entidad.
CONTRATOS DE
CONCESIÓN
Son los que tienen por objeto otorgar a una
persona llamada concesionaria, la prestación,
operación, explotación, organización o gestión
total o parcial de un servicio público. O la
construcción, explotación o conservación de
una obra al servicio público
ENCARGOS FIDUCIARIOS Y
FIDUCIA PUBLICA
Contrato que tiene por
objeto el manejo de los
recursos vinculados a los
contratos que las
entidades celebren
TITULO 4.DE LA NULIDAD DE LOS
CONTRATOS
Causales de nulidad
Que se contrate con personas
incursas en causales de inhabilidad
Que se celebren contra prohibición
constitucional o legal, con abuso o
desviación de poder
Que se declaren nulos los actos administrativos que los
sustentan o desconocimiento articulo 21 ley 80
tratamiento de ofertas nacionales y extranjeras.
TITULO 5 - DE LA RESPONSABILIDAD
CONTRA ACTUAL
Las entidades deben responder por los perjuicios que le
causen a los contratistas, y debe indemnizar al contratista
por la ganancia, beneficio o provecho que haya dejado de
percibir
El servidor público debe responder disciplinaria, civil y
penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación
contractual
Los contratistas al igual que los consultores, interventores y
asesores responderán civil y penalmente por sus acciones.
Los actos sancionatorios los harán las entidades
competentes señalando los medios de impugnación y
defensa.
TITULO 6. DE LA LIQUIDACIÓN DE LOS
CONTRATOS
En el acta de liquidación se debe poner fin a las
divergencias presentadas para estar a paz y salvo, se
exige al contratista la ampliación de la garantía del
contrato a la estabilidad de obra, pago de salario y
prestaciones.
Los contratos que se prologuen con el tiempo serán
liquidados de común acuerdo con el tipo que este
estipulado en los pliegos.
Se hará una liquidación unilateral por parte de la
entidad cuando las partes no se pongan de acuerdo
TITULO 7: DEL CONTROL DE LA GESTIÓN
CONTRACTUAL
La procuraduría y demás agentes del ministerio realizaran investigaciones ante
cualquier anomalía que se presente y pueda obtener sanciones pecuniarias y
disciplinarias, harán visitas a las entidades estatales.
Después de liquidados los contratos, la vigilancia fiscal incluirá un control
financiero, de gestión y de resultados.
Los ciudadanos podrán denunciar ante las autoridades competentes las irregularidades
de los servidores públicos o de los particulares. Que constituyan delitos o faltas en la
contratación estatal
TITULO 8: DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
CONTRACTUALES
Cuando surjan discrepancias en la actividad contractual se acudirán a mecanismos de solución de
controversias contractuales previstos en esta ley y a la conciliación, amigable composición y
transacción
En los contratos se podrá incluir clausula
compromisoria, cuando existan diferencias acuden a
un árbitro.
Si no hay clausulas, una de las partes puede solicitar la suscripción de un
compromiso de convocatoria a un tribunal de arbitramento.