Sustitución de los flujos documentales en papel por soportes y medios electrónicos, sustentados en la
utilización de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones.
Objeto incrementar la eficiencia administrativa, con el fin de avanzar en la
Política de Eficiencia Administrativa y Cero Papel en la Administración
Pública.
El propósito es eliminar duplicidad de funciones y barreras que impidan la oportuna, eficiente y
eficaz prestación del servicio en la gestión de las entidades.
1. En un plazo de un mes, cada entidad designará un líder de Eficiencia Administrativa y Cero Papel, que
podrá ser el mismo líder de Gobierno en Línea de la entidad, cuyo nombre y cargo debe ser informado
a la Alta Consejería Presidencial para el Buen Gobierno y Eficiencia Administrativa.
Él sera el responsable de coordinar la realización de las acciones necesarias para garantizar la adecuada
implementación y avance de la presente directiva.
2. Las entidades deberán identificar y aplicar buenas prácticas
para reducir el consumo de papel, de acuerdo con la Guía que
ya está disponible en el Programa Gobierno en Unea.
Los resultados de las prácticas aplicadas deberán ser entregados a la Alta Consejería del Buen Gobierno y
la Eficiencia Administrativa, al Archivo General de la Nación y al Programa de Gobierno.
Cada entidad debe formular metas de reducción de papel y acciones con indicadores que permitan
monitorear el avance de los mismos.
9. Se debe aceptar como evidencia suficiente de la
realización de actividades, los documentos
electrónicos de archivo que cumplan con los
requisitos de autenticidad, fiabilidad, integridad y
disponibilidad
8. Se debe cumplir con todos los
lineamientos establecidos por la Estrategia
de Gobierno
5. El Plan de Eficiencia a cargo de
las entidades destinatarias de esta
directiva deberá indicar las
actividades que permitan
garantizar a sus usuarios el
derecho de actuar ante las
autoridades
7. Se promoverán acciones
que permitan la
participación de
servidores públicos y los
contratistas en la mejora
de la eficiencia, la
innovación y el Buen
Gobierno.
6. El plan será enviado mediante correo
electrónico a la Alta Consejería para el
Buen Gobierno y la Eficiencia
Administrativa a más tardar veinte (20)
días
3. Se debe implementar, a más tardar en los doce (12) meses siguientes
a la expedición de la presente Directiva, la sustitución de los
memorandos y comunicaciones internas en papel.
4. Se deben implementar mecanismos que permitan el
intercambio de correspondencia entre las entidades por
medios electrónicos, a más tardar trascurridos doce (12)
meses
10. Se debe sustituir, en lo posible, el uso de
papel por documentos y canales
electrónicos, en la elaboración y difusión
de materiales informativos, publicaciones,
guías, manuales, entre otros
11. Se deben adoptar los lineamientos relacionados
con Eficiencia Administrativa y Cero Papel
dispuestos en el "Manual para la implementación
de la Estrategia de Gobierno en Linea de la
República de Colombia"