La Policía Nacional es una institución de carácter
civil, armada, técnica, jerarquizada, disciplinada,
profesional y altamente especializada cuya
misión es atender la seguridad ciudadana y
orden público, y proteger el libre ejercicio de los
derechos y la seguridad de las personas dentro
del territorio nacional, para lo cual utilizarán
medios de disuasión y conciliación como
alternativas al uso de la fuerza. Ref. Art. 163 CPR
GARANTÍAS DEL DEBIDO PROCESO: En todo proceso
en el que se determinen derechos y obligaciones de
cualquier orden, se asegurará el derecho al debido
proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:
, garantizar el cumplimiento de las normas y los
derechos de las partes
Se presumirá la inocencia de toda persona, y será
tratada como tal, mientras no se declare su
responsabilidad mediante resolución firme o
sentencia ejecutoriada.
Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u
omisión que, al momento de cometerse, no esté
tipificado en la ley como infracción penal,
administrativa o de otra naturaleza
Las pruebas obtenidas o actuadas con violación de la
Constitución o la ley no tendrán validez alguna y
carecerán de eficacia probatoria
En caso de conflicto entre dos leyes de la misma
materia que contemplen sanciones diferentes para
un mismo hecho, se aplicará la menos rigurosa, aun
cuando su promulgación sea posterior a la infracción
LEY ORGÁNICA DE LA POLICIA NACIONAL El personal
de la Policía Nacional, cualquiera que sea su
especialidad o circunstancia en que se halle, tiene la
obligación de intervenir en las funciones y casos de
Policía, de acuerdo a lo contemplado en el artículo
precedente, con la Constitución Política de la República
y demás disposiciones legales.Ref. Art. 5 LOPN
SUPREMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN La Constitución es la
norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del
ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder
público deberán mantener conformidad con las
disposiciones constitucionales; en caso contrario
carecerán de eficacia jurídica. Ref. Art. 424 CPR
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA NIÑEZ Y LA
ADOLESCENCIA Órganos jurisdiccionales.- La
Administración de Justicia Especializada de la
Niñez y Adolescencia está conformada por los
Juzgados de Niñez y Adolescencia. Art. 259.CNA
JUZGAMIENTO DE LAS CONTRAVENCIONES
Juez competente.- El Juez del Adolescente
Infractor es competente para el
juzgamiento de todas las contravenciones
cometidas por adolescentes, incluidas las
de tránsito terrestre.Art. 367 CNA