muertas, individuos con
lesiones de diversa
gravedad o naturaleza y
daños materiales en
vehiculo entorno. Art.344
RG
CONOCIMIENTO
DEL ACCIDENTE
LEY ORGANICA DE TRANSPORTE
TERRESTRE TRÁNSITO Y
SEGURIDAD VIAL
Art 165 LOTT.- procedimiento en un accidente,
siempre que cuenten con los elementos o
indicios probatorios estarán facultados para
detener al o los presuntos autores de un delito
de tránsito, en donde resultaren heridos o
fallecidos una o varias personas; y, ponerlos a
órdenes del Fiscal
Art. 163 LOTT.- El parte policial por
delitos y contravenciones de tránsito,
debe contener una relación detallada y
minuciosa del hecho y sus
circunstancias, incluyendo croquis y de
ser posible, fotografías que evidencien
el lugar del suceso y los resultados de
la infracción
PROCEDIMIENTO
GENERAL
están facultados para detener al presunto autor
de un delito de tránsito en donde resulten
muertos o lesionados, así como a la aprehensión
de los vehículos involucrados. Ref. Art. 165 LOTT
ELEMENTOS PROBATORIOS
indicios que permiten al agente
de tránsito presumir la
responsabilidad del causante