ORGANOS COLEGIADOS

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Angela Maria Rugeles Serrato
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Angela Maria Rugeles Serrato
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ORGANOS COLEGIADOS
  1. 1. Comité de Seguimiento al Suministro de la Alimentación – COSAL
    1. Realizar inspección, control y seguimiento al suministro de alimentación de cada establecimiento de reclusión
      1. El Director o subdirector, Responsable del área de atención y tratamiento, Cónsul de derechos humanos, PPL. El comandante de vigilancia.
        1. Funciones
          1. Realizar seguimiento al suministro de alimentación por el sistema de ración a la población privada de la libertad.
            1. Verificar que las cantidades o gramajes de los alimentos suministrados
              1. Registrar en el Acta de Seguimiento al Suministro de Alimentación del COSAL, el resultado de la verificación.
                1. Verificar el cumplimiento del horario de distribución de alimentos contenido en el reglamento del régimen interno
                  1. Inspeccionar la calidad de la materia prima empleada para la preparación de alimentos
                    1. Revisar las condiciones higiénicas sanitarias donde se presta el servicio de alimentación
                  2. 2. Comité de Seguimiento a la Prestación de los Servicios de la Salud Intramural – COSAD
                    1. Brindar apoyo a los supervisores de las USPEC, respecto los servicios de salud en la modalidad intramural contratada con recursos del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad.
                      1. Director o subdirector, Responsable del Área de Atención y Tratamiento, El responsable del Área de sanidad, Un representante de las PPL.
                        1. Funciones
                          1. Seguimiento a la Prestación de los Servicios de la Salud Intramural de las personas privadas de la libertad
                            1. Invitar a Representante fiduciaria, Defensoria del pueblo, procuraduria, secretaria de salud, personeria, supervisor contrato USPEC
                          2. 3. Consejo de Disciplina
                            1. Es el órgano encargado de evaluar y calificar la conducta de los internos, en donde todos sus miembros tienen voz y voto a excepción del representante de los internos el cual solo tendrá voz.
                              1. Director del establecimiento Asesor jurídico Jefe de talleres Jefe de la sección educativa Psicólogo Trabajador social Comandante de vigilancia Médico Personero municipal o su representante Representante de los internos que será elegido por ellos
                                1. Funciones
                                  1. Estudiar y calificar la conducta de los internos cada tres meses
                                    1. Imponer las sanciones por faltas disciplinarias excepto en cárceles de alta seguridad
                                      1. Dar concepto al director para la otorgación de estímulos al interno que lo merezca
                                        1. Suspender las sanciones impuestas, siempre que el interno no sea reincidente
                                          1. Expedir calificaciones de conducta
                                            1. Autorizar o conceder beneficios administrativos de acuerdo con su competencia
                                          2. 4. Consejo de Seguridad
                                            1. Ejecutar, controlar, evaluar, realizar propuestas de mejoramiento de planes, proyectos, programas, procesos y requerimientos en materia de seguridad y administración y velar por el orden y la paz del respectivo
                                              1. El director del establecimiento, Subdirector en caso de haberlo Comandante de vigilancia
                                                1. Funciones
                                                  1. Determinar el radio razonable de acción del respectivo establecimiento de reclusión,
                                                    1. Preparar con los cuadros de mando los planes operativos, estratégicos tácticos y logísticos de seguridad contra calamidades en general, comunicándosele al director de regional para su conocimiento, evaluación y aprobación
                                                      1. Impartir las instrucciones para que la guardia anote en los libros respectivos, las revistas que deben pasar regular y diariamente
                                                        1. Reunirse periódicamente para evaluar la seguridad del establecimiento, verificar los planes de seguridad y defensa ordenados y practicar constantes inspecciones al interior y exterior del establecimiento dejando constancia de ello
                                                          1. Expedir directivas periódicas sobre la vigilancia interna y externa de los centros de reclusión
                                                            1. Conocer y coordinar la conducción de operaciones para la asistencia militar reclusión de acuerdo con las atribuciones definidas por ministerio de defensa
                                                          2. 5. Consejo de Evaluación y Tratamiento – CET
                                                            1. Realizar el tratamiento progresivo de los condenados de acuerdo al artículo 145 de la Ley 1993, modificado por el artículo 87 de la Ley 1709 de 2014
                                                              1. abogados, psiquiatras, psicólogos, pedagogos. Trabajadores sociales, médicos, terapeutas, antropólogos, sociólogos, criminólogos, penitenciaritas y miembros del Cuerpo de Custodia y Vigilancia.
                                                                1. Funciones
                                                                  1. Hacer seguimiento individual al interno, consignándolo en la cartilla biográfica, desde el momento de su ingreso mediante el estudio de su proceso penal, entrevistas personales y familiares y a través de su comportamiento en general
                                                                    1. Estudiar desde el punto de vista de las diferente disciplinas a los condenados e indicar la clase de tratamiento que requiere y conceptuar el tipo de establecimiento donde deben descontar su pena
                                                                      1. Proponer, desarrollar y participar activamente en los programas terapéuticos de índole individualidad y general señalados como fundamentales en el tratamiento penitenciario
                                                                        1. Formular observaciones ante la junta de evaluación en relación con el trabajo, estudio y la enseñanza de los reclusos bajo tratamiento observando las disposiciones que rigen la materia
                                                                          1. Asesorar al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad en las decisiones que debe adoptar en relación a la ejecución de las penas
                                                                        2. 6. Junta de Evaluación de Trabajo, Estudio y Enseñanza – JETEE
                                                                          1. Realizar una evaluación preliminar con el fin de emitir el concepto sobre el ingreso de los personas privadas de la libertad a las actividades laborales y educativas
                                                                            1. Director, Subdirector, responsable de atencion y tratamiento, el comandantede vigilancia u otro servidor publico del INPEC designado por aquel
                                                                              1. Funciones
                                                                                1. Conceptuar y expedir la orden de trabajo para el ingreso de las personas privadas de la libertad a los programas de traba]o, estudio o enseñanza de acuerdo con su aptitud, vocaci6n y la disponibilidad del establecimiento, el tratamiento penitenciario en el caso de las condenados y atención social para los sindicados; garantizar la participación de las personas en situación de discapacidad y enfoque diferencial, controlar y evaluar en cada caso los trabajos de las personas privadas de la libertad y la calidad, intensidad y superaci6n por exámenes del estudio y la enseñanza.
                                                                              2. 7. Junta de Asignación de Patios y distribución de Celdas – JAPC
                                                                                1. Encargado de garantizar la ubicación adecuada del interno de acuerdo con su perfil (delitos, estudios, condición física)
                                                                                  1. Director o subdirector Asesor jurídico Jefe de sanidad Comandante de vigilancia Trabajador social o psicólogo
                                                                                    1. Funciones
                                                                                      1. Recibir mediante entrevista a las personas que ingresen al establecimiento por orden judicial o administrativa, previa diligencia de identificación y reseña
                                                                                        1. Evaluar a la persona privada de la libertad respecto de sus condiciones personales, familiares, sociales, educativas, laborales, medicas, psicológicas y jurídicas.
                                                                                          1. Clasificar a las personas privadas de la libertad por categorias, en los diferentes pabellones y celdas de acuerdo con los paramentros del articulo 63 de la Ley 65 de 1993, de este reglamento y de acuerdo a las condiciones del establecimiento.
                                                                                            1. Ubicar a los condenados en los pabellones y celdas respectivas, de acuerdo con el diagnostico del consejo de Evaluación y Tratamiento.
                                                                                              1. Dejar constancia escrita de la distribucion de la población reclusa en los diferentes pabellones y celdas, así como de los motivos que dieron lugar a ella.
                                                                                                1. Negar o aprobar mediante acta motivada en el aplicativo SISIPEC, las respuestas o solicitudes ropuestas por las personas privadas de la libertad respecto a cambio de patio,paellon o celda.
                                                                                              Show full summary Hide full summary

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