DELITOS DEL
C.O.I.P. QUE LE
CORRESPONDE
INVESTIGAR A
LA POLICIA
JUDICIAL
Delito contra el derecho a la propiedad esta estipulado
en el parágrafo 2do, sección novena, del capitulo II,
referente a los delitos contra los derechos de libertad
artículo 185, que consta en el titulo IV de las
infracciones en particular del libro I del COIP referente
a la infracción penal.
Delito por la produccion o trafico ilicito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización esta estipulado
en el parágrafo Unico, sección segunda, del capitulo III, referente a los delitos contra los derechos del buen
vivir artículo 219, que consta en el titulo IV de las infracciones en particular del libro I del COIP referente a
la infracción penal.
Delito contra la biodiversidad esta estipulado en
la sección segunda, del capitulo IV, referente a los
delitos contra el ambiente y la naturaleza o
Pacha Mama artículos 245, 246, 247 y 248, que
consta en el titulo IV de las infracciones en
particular del libro I del COIP referente a la
infracción penal.
Delito de violencia contra la mujer o miembros del nucleo familiar
esta estipulado en el paragrafo 1ero, seccion segunda, del capitulo II,
referente a los delitos contra los derechos de libertad artículo 155,
que constan en el titulo IV de las infracciones en particular del libro
I del COIP referente a la infracción penal.
Delito contra la administración aduanera esta estipulado en la
sección sexta, del capitulo V, referente a los delitos contra la
responsabilidad ciudadana artículo 299, 300, 301, 302 y 303,
que consta en el titulo IV de las infracciones en particular del
libro I del COIP referente a la infracción penal.
Delito contra la eficiencia de la administracion publica esta estipulado en la
sección tercera, del capitulo V, referente a los delitos contra la responsabilidad
ciudadana artículo 278, 279, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 286, 287, 288, 289,
290, 291, 292, 293, 294, 295 y 296, que consta en el titulo IV de las infracciones
en particular del libro I del COIP referente a la infracción penal.
Delito contra la actividad hidrocarburifera, derivados de hidrocarburos, gas licuado de petroleo y biocombustibles
esta estipulado en el parágrafo 2do, sección quinta, del capitulo IV, referente a los delitos contra el ambiente y
la naturaleza o Pacha Mama artículos 262, 263, 264, 265 y 266, que consta en el titulo IV de las infracciones
en particular del libro I del COIP referente a la infracción penal.
Delito de discriminación esta estipulado en el paragrafo 1ero, seccion quinta, del
capitulo II, referente a los delitos contra los derechos de libertad artículo 176, que
constan en el titulo IV de las infracciones penales en general del libro en particular
del libro I del COIP referente a la infracción penal.
Delito de odio esta estipulado en el parágrafo 2do,
sección quinta, del capitulo II, referente a los delitos
contra los derechos de libertad artículo 177, que consta
en el titulo IV de las infracciones en particular del libro
I del COIP referente a la infracción penal.
Delito economico esta estipulado en la sección octava, del capitulo V, referente
a los delitos contra la responsabilidad ciudadana artículos 307, 308, 309, 310,
311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318, 319 y 320 que consta en el titulo IV de las
infracciones en particular del libro I del COIP referente a la infracción penal.