MODALIDA
DE
SELECCION
QUE TIENE
LA
CONTRATACION
ESTATAL.
Celebrados
por
Entidades del
Estado con
particulares o
con el mismo
Estado
ARTICULO 2 # 4 DE
LA LEY 1150 DEL
2007
Establece
casos en los que opera la Contratacion Directa
CONTRATACION DE EMPRESTITOS
CUANDO NO
EXISTA
PLURALIDAD DE
OFERENTES EN EL
MERCADO
CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS EN E SECTOR DEFENSA, QUE
NECESITEN RESERVA PARA SU ADQUISICION
CONTRATOS PARA EL
DESARROLLO DE
ACTIVIDADES
CIENTIFICAS Y
TECNOLOGICAS
PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS
PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTION O
PARA LA EJECUCION DE TRABAJOS ARTISTICOS
QUE SOLO PUEDAN ENCONMENDARSE A
DETERMINADAS PERSONAS NATURALES.
URGENCIA MANIFIESTA
CONTRATOS INTERADMINISTRATIVOS
CONTRATOS DE ENCARGO FIDUCIARIO
ARRENDAMIENTO
O
ADQUISICION
DE
INMUEBLES
CONTRATACION DE BIENES Y
SERVICIOS DE LA DIRECCION
NACIONAL DE INTELIGENCIA.
DICHAS CAUSALES BUSCAN CUMPLIR CON LOS FINES DEL ESTADO
GARANTIZANDO LOS PRINCIPIOS DE CONTRATACION
Son
SELECCION OBJETIVA
EFICACIA
TRANSPARENCIA
EFICIENCIA
LAS ENTIDADES COMPRADORAS
Deben
EXPEDIR UN ACTO ADMINISTRATIVO
Justificado y Argumentado
Deben Señalar
OBJETO DEL
CONTRATO
CAUSAL QUE SE
INVOCA PARA
CONTRATAR
DIRECTAMENTE
PRESUPUESTO PARA
LA CONTRATACION
Y LAS
CONDICIONES QUE
EXIGIRA EL
CONTRATISTA.
LUGAR EN EL CUAL LOS INTERESADOS PUEDEN
CONSULTAR LOS ESTUDIOS Y DOCUMENTOS
PREVIOS.