Es un medio de control de la constitucionalidad a través
del cual los gobernados pueden impugnar los actos de
autoridad que estimen violatorios a sus garantías
individuales y a sus derechos humanos, con el objeto de
que se les restituya en el goce de sus garantías
conculcadas
PRINCIPIOS RECTORES
Iniciativa o instancia de parte
Existencia de agravio personal y directo
Definitividad
EXCEPCIÓN: Cuando el acto reclamado
importe peligro de privación de la vida,
deportación o destierro o cualquiera de
los actos prohibidos por el artículo 22 del
Constitución Federal (pena de muerte,
mutilación, infamia, marca, azotes,
tormento de cualquier especie, etc)
Estricto Derecho
Relatividad
EXCEPCIÓN: Cuando existe
listisconsorcio del quejoso con otras
personas (si el amparo beneficia al
quejoso, también beneficiará a sus
litisconsortes)
Prosecución Judicial
Fundamentado en el
Artículo 107 Constitucional
y 2° de la Ley de Amparo
SUPLENCIA DE LA QUEJA: Las autoridades que conozcan del
juicio de amparo deberán suplir la deficiencia de los conceptos de
violación de la demanda, corrigiendo los errores, deficiencias u
omisiones, en casos especiales. Por ejemplo: en materia agraria a
favor de los ejidatarios, y en materia laboral a favor de los
trabajadores
PARTES
Quejoso
Autoridad(es) Responsable(s)
Tercero(s) Interesado(s)
Ministerio Público
ACTO RECLAMADO
Es la conducta, activa o pasiva, imputada
a la autoridad responsable que el
gobernado estima violatoria de sus
garantías individuales
CLASIFICACIÓN DE LOS
ACTOS RECLAMADOS
A su naturaleza
A su acreditamiento
A su consumación
A su temporalidad
A la actuación
del quejoso
A su permanencia o
conservación
Al momento en que producen
sus efectos
CONTRA QUE ACTOS ES IMPROCEDENTE?
Contra actos de la
SCJ
Contra resoluciones
dictadas en los juicios de
amparo o en ejecución
de las mismas
Contra leyes o actos que sean
materia de otro juicio de amparo
que se encuentre pendiente de
resolución
Contra leyes o actos que hayan
sido materia de ejecutoria en otro
juicio de amparo
Contra actos que no afecten
los intereses jurídicos del
quejoso
Contra las resoluciones o
declaraciones de los organismos y
autoridades en materia electoral
Contra actos
consumados de modo
irreparable
LEY QUE RIGE EL JUICIO
La Ley de Amparo,
reglamentaria de los
Artículos 103 y 107
Constitucionales
TIPOS DE JUICIOS
Amparo Indirecto
Es competencia de los
Jugados de Distrito y en
algunos casos de los
Tribunales Unitarios de Circuito
Amparo Directo
Es competencia de
los Tribunales
Colegiados de Circuito
y en algunos casos de
la SCJ a través de la
facultad de atracción