a) siempre que sean utilizados directa mente por personal
b) las de envases de mercancias que hubieran introduccion
al pais
c) las de vehiculos de las
misiones diplomaticas y
consulares extranjeras y de
oficinas
los seis meses se conputaran
entrada y salida multiple
afectadas dentro del periodo
d) las de muestra a conocer mercancias
siempre que cumplan requisitos
FRACCION I HASTA POR
1 MES
los remolques y semirremolques
plataformas adaptadas al medio de
trasporte siempre que trasporte en
territorio nacional
FRACCION III
HASTA POR 1
AÑO
a) las destinadas a
convenciones congresos
internacionales
b) las destinadas a eventos culturales o
deportivos patrocinadas por entidades
publicas
c) las de enseres ,utileria y demas
publico de equipo necesario para la
filmacionsiempre que se usen en la
industria cinematografica
d) las de vehiculos de de prueba ,
siempre que la importacion se efectue
por un fabricante autorizado
e) las de mercancia prevista por los convenios
internacionales de los que mexico sea parte asi
como las que sean para uso oficial de las
misiones diplomaticas
FRACCION IV POR EL PLAZO
QUE DURE LA CONDICION
DEPOSITO FISCAL
el regimen de deposito fiscal consiste en el almacenamiento
de mercancias de procedencia extranjera o nacional en el
almacenes generales de deposito que puedan prestar este
servicio en los terminos de la ley general de organizaciones y
actividades auxiliares del credito y ademas sea autorizados
para ello , por las autoridades aduaneras
I. Deberan destinar dentro al almacen ,
instalaciones que reunan las
especificaciones que señale la secretaria
II. Deberan contar con equipo de conputo y
de transmision de datos que permita su
enlace con el de la secretaria asi como llevar
un registro permanente y simultaneo
las mercancias en
deposito fiscal podran
retirarse del lugar de
almacenamiento para:
I. Importarse definitiva
mente si no son de
procedencia extranjera
II. Exportarse definitivamente si son de
procedencia extranjera
III. Retronarse al extranjero las de esa
procedencia o reicorporarse sl mercado las
de origen nacional , cuando los beneficiarios se
destinan de este regimen.
TRANSITO DE MERCANCIAS
El regimen de transito consiste en
el traslado de mercancias , bajo
control fiscal , de una aduana
nacional a otra
Se considera que el transito de
mercancias es interno cuando se
realice conforme a alguno de los
suguientes supuestos :
la aduana de entrada envie las
mercancias de procedencia
extranjeras a la aduana que se
encarge del despacho para
importacion
la aduana de despacho envie las mercancias
nacionales o nacionalizadas ala aduana de salida
. para su exportacion
El transito interno para la importacion de
bienes de de consumo final solo
procederan en los terminos y con las
condiciones que señale el reglamento
El transito interno de
mercacias debera efectuarse
dentro delos plazos maximos
de tras lado que establesca el
el servicio de administracion
tributaria mediante reglas
ELABORACION ,
TRANSFORMACION O
REPARACION EN RECINTO
FISCALIZADO
El regimen de elaboracion , trasformacion o reparacion en recionto
fescalizado consiste en la intrioduccion de mercancias extranjeras o
nacionales a dichos para su e laboracion , trasfomacion o reparacion ,
para ser retornables al extranjero o para ser exportadas
respectivamente
las autoridades aduaneras podran autorizar que
dentro de los recintos fiscalizados , las mercancias
en ellos almacenadas puedan ser objeto de
elaboracion , o oreparacion en los terminos de este
articulo
Cuando retornen al extranjero los productos resultantes de los
procesos de elaboracion trasformacion o reparacion , en los casos
previstos en el articulo 63-A de esta ley , se pagara el impueto
general de importacion
RECINTO FISCALIZADO ESTRATEGICO
Las personas que tengan el uso o goce de
inmuebles ubicados dentro del recionto
fiscalizado estrategico habilitado en los
terminos del articulo 14-D de esta ley podra
solisitar la autorizacion para destinar
mercancias al regimen de recinto fiscalizados
estrategico
El regimen de recinto fiscalizado estrategico consiste en la
itrduccion , por tiempo limitado , de mercancias extranjeras ,
nacionales o nacionalizadas , a los recintos fiscalizados
estrategicos para ser objeto de manejo , almacenaje ,custodia
,exhibicion , evnta , distribucion elaboracion trasformacion o
reparacion y se sujetara a los siguiente:
I. No se pagaran los impuestos al comercio
exterior ni las cuotas compensatorias , salvo
tratandose de mercancias extranjeras , en los
casos previstos en el articulo 63-A de esta ley
II. No estan sujetadas al
cumplimiento de las regulaciones
no arancelarias y normas oficiales
mexicanas excepto las expedidas
en materia de sanidad y vegetal ,
salud publica medio ambiente y
seguridad nacional