Tipos de sindicatos

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Tipos de sindicatos
  1. Sindicato de Gremio
    1. Es el formado por trabajadores que ejercen una misma profesión, arte, oficio o especialidad.
    2. Sindicato de empresa
      1. Es el formado por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa, establecimiento o Institución Oficial Autónoma.
      2. Sindicatos de empresas diarias
        1. Es el formado por trabajadores de dos o más empresas vecinas, cada una de las cuales tenga un número de trabajadores inferior a veinticinco y que éstos no pudieren formar parte de un sindicato de gremio o de industria.
        2. Sindicato de industria
          1. Es el formado por patronos o trabajadores pertenecientes a empresas dedicadas a una misma actividad industrial, comercial, de servicios, social y demás equiparables.
            1. Deberán constituirse con siete patronos por lo menos.
              1. Pueden concurrir a la constitución de estos sindicatos o ingresar a los ya constituidos, los patronos mayores de veintiún años y menores habilitados de edad.
          2. Sindicatos de empresas independientes
            1. Es el formado por trabajadores de dos o más empresas vecinas, cada una de las cuales tenga un número de trabajadores inferior a veinticinco y que éstos no pudieren formar parte de un sindicato de gremio o de industria.
            2. Caracteristicas basicas
              1. Pueden ingresar a un sindicato los trabajadores mayoresde 14 años de edad
                1. Todo sindicato de trabajadores necesita para constituirse y funcionar un mínimo 35 miembros
                  1. Art. 217.- Dentro del respeto de la Ley y de la Constitución, los interesados tienen el derecho de redactar libremente sus estatutos sindicales. Sin embargo, los mismos deben en todos los casos expresar lo siguiente:
                    1. c) Obligaciones y derechos de sus miembros
                      1. j) Normas para la disolución y liquidación del sindicato y procedimientos para la revisión y modificación de los estatutos
                        1. g) Modos de elección y de renovación de los órganos directivos, duración de su mandato, atribuciones, facultades, obligaciones y responsabilidades, causales y procedimientos para su remoción
                          1. d) La cuantía y periodicidad de las cuotas ordinarias y su forma de pago
                            1. i) La época y forma de presentación y justificación de las cuentas sindicales
                              1. b) Condiciones que deben reunir sus miembros
                                1. a) Clase, denominación, objeto y domicilio del sindicato
                                  1. e) El procedimiento para aprobar y cobrar cuotas extraordinarias
                                    1. f) Epocas y procedimientos para la celebración de las asambleas ordinarias y extraordinarias, reglamentos de las sesiones, quórum, debates y votaciones. Las asambleas ordinarias deberán celebrarse con una periodicidad no menor de un año, previa convocatoria con una antelación que no podrá ser de menos de quince días.
                                      1. h) Las reglas para la administración de los bienes y fondos sindicales, para la expedición y ejecución de los presupuestos, presentación de balance y expedición de finiquitos. La presentación y aprobación de las cuentas deberá efectuarse por lo menos una vez por año, en ocasión de una asamblea ordinaria
                                      2. Art. 219.- Para que los sindicatos constituidos de acuerdo con este Código tengan existencia legal, deberán obtener personalidad jurídica. Con ese objeto, las personas designadas por el sindicato deberán presentar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social
                                        1. a) Copia del acta de la asamblea de fundación del sindicato, conforme a lo dispuesto en los Artículos 213 y 214, la cual deberá estar debidamente certificada
                                          1. b) Dos ejemplares de los estatutos sindicales, con la certificación del acta de la sesión o las sesiones en que éstos hubiesen sido aprobados.
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