El derecho de petición, por excelencia es una figura que opera para entidades de derecho público, para empresas estatales; pero excepcionalmente puede operar contra entidades particulares, contra empresas privadas.
Debido a esta situación, sólo de forma excepcional, y en la medida en que se violen derechos fundamentales, el derecho de petición obliga a los particulares.Excepcional
Requesitos de procedencia
Annotations:
Para el caso de las empresas privadas que prestan servicios públicos o de interés general, para que el derecho de petición las vincule, además de la naturaleza de los servicios prestados, debe existir una afectación del algún derecho fundamental de quien invoca el derecho de petición.
La corte ha considerado que en estos casos, procede la acción de tutela para exigir al particular la atención del derecho de petición, en la medida en que se presenten los supuestos de que trata el artículo 86 de la constitución nacional.
Que el particular preste un servicio público o de interés general
Que se afecte gravemente el interés general o colectivo
Que se afecte gravemente algún derecho un fundamental
Indefensión y subordinación
Antecedentes Jurisprudenciales más relevantes
Annotations:
Antes de que la ley 1437 de 2011 contemplara de forma expresa la procedencia del derecho de petición contra particulares, la corte constitucional ya lo había dispuesto siguiendo determinadas reglas.
La Corte Constitucional en varias de sus sentencias [Sentencias C-134/94, T-105/96, T-738/98, T-789/98, T-131/98, T-131/98], ha considerado que el derecho de petición vincula a los particulares en la medida en que ese particular preste servicios públicos o de interés general, o que aunque no se trate de ningún servicio de los anteriores, se viole algún derecho fundamental por la no atención del derecho de petición.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.