Frenar una perturbación de la posesión o
conjurar un temor fundado
Modificar, reparar, o destruir alguna obra
Impedir la realización de una obra o actividad
Precaver un peligro
Medida cautelar "Medidas de precaución necesarias" (377.3 CGP); debe
aportar solicitud de dictamen pericial para que se evidencie la
necesidad de la medida, sólo cabe en etapa instructiva
Reclamar la indemnización de perjuicios por
actos que hayan perturbado la posesión
Objeto de la
pretensión
Serán: Declarativas, constitutivas y de
condena, son el reconocimiento de la
condición de poseedor del actor, alterando
el estado actual, o imponiendo una
prestación a cargo del demandado
Sujetos
Activo
Poseedor víctima
de conducta ajena
Pasivo
Agente de despojo o
perturbación
Litisconsorcio Cuasinecesario
por autorización de la ley
CAUSA
Despojo (Art. 977, 982 y 984 CC)
Actos que perturben el ejercicio de la
posesión (978 CC)
Obra nueva en el terreno poseÍdo (986 CC)
Edificación ruinosa (988 CC)
Desvío y derrame de aguas (993 y 997 CC)
Competencia
Cuando ninguna de las partes goce de
fuero se definirá por cuantía: Por avalúo
Mínima cuantía: Juez Civil municipal en única instancia
Menor cuantía: Juez Civil Municipal en primera instancia
Mayor cuantía: Juez Civil de circuito
Régimen sustancial como posesorios
especiales ( Art 986-1007 CC): Juez Municipal
DEMANDA
1. Actor: Precisar lo que pretende; 2. Estimar bajo
juramento la cuantía de la indemnización (206 CGP)
CONTESTACIÓN
Legitimación de actor: Negación de carácter de poseedor,
escasez de tiempo de posesión ( 1 año 974 CC) /
prescripción del derecho a pedir la protección ( 1 AÑO,
CASOS DE VIOLENCIA: 6 MESES- 984.CC)
RECONVENCIÓN
Disputa
Acusado considera que es poseedor y perciba al demandante como usurpador o perturbador
LLAMAMIENTO EN GARANTÍA
Surgimiento de reclamo contra quien enajenó el bien
a una de las partes, en saneamiento por evicción
Carga
Inspección Judicial; videograbaciones, fotografías,
dictamen pericial y otro medio (236.2 CGP). El juez en caso
especial determinará cuándo el adversario tendrá facilidad
de aclarar hechos
SENTENCIA
Cesar perturbación o dar seguridad contra temor, prohibición
de ejecución: Sanción pecuniaria a favor del demandante por
cada contravención (30 días siguientes por INCIDENTE)
Modificación o destrucción de alguna
cosa: Término para que obedezca, so
pena de reembolso al demandante de
gastos requeridos, con aprobación del
juez
Despojo/recuperación de posesión o tenencia: Restitución,
diligencia de entrega (Art 308 CGP)
ACCIONES REIVINDICATORIAS
La posesión de un bien no la detenta el titular
del derecho de dominio, sino otro sujeto
pretendiéndose dueño, para retornar al
estado anterior, el verdadero dueño debe
recuperar para si la posesión