El 5 de enero de 2009, el Congreso de la República de Colombia promulgó la Ley 1273 “Por medio del cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “De la Protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones”, por lo tanto en este mapa mental se presentaran aquellos delitos que se pueden producir en los medios informáticos.
Producción, oferta, difusión,
adquisición de contenidos de
pornografía infantil, por medio
de un sistema informático o
posesión de dichos contenidos
en un sistema informático
Las Ciber-Drogas o drogas auditivas, son una
serie combinación de sonidos binaurales . Este
delito se trasmite a través de medios
informáticos como las redes sociales.
RELACIONADOS CON INFRACCIONES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
La copia y distribución de
programas informáticos, o
piratería informática, con fines
lucrativos y a gran escala de
contenidos de los que no posee
licencia o permiso de su autor.
RELACIONADOS CON LA CONFIDENCIALIDAD, LA INTEGRIDAD Y LA DISPONIBILIDAD DE LOS SISTEMAS
Acceso ilícito a sistemas
informáticos, sin consentimiento
de las autoridades , con el fin de
realizar operaciones que afecten el
funcionamiento regular del
sistema.
Interceptación ilícita de datos
informáticos o Abuso de
dispositivos que faciliten la
comisión de delitos
Interferencia en sistemas
informáticos que atentan contra
el usuario del dispositivo y todo
los aspectos relacionados a
derecho e integridad.
La calumnias y amenazas que se
propagan por los medios
informáticos, con el fin de culpar
falsamente a una persona de un
hecho que la ley considera como
delito , o intimidar al usuario para
obtener contenido personal.
RELACIONADOS CON LOS DATOS
Falsificación informática
mediante la introducción,
borrado o supresión de
datos informáticos.
Fraude informático
mediante la alteración o la
interferencia en sistemas
informáticos.
PENALIZACIÓN EN COLOMBIA
-RELACIÓN CON LA INTEGRIDAD: Incurrirá Pena de
prisión de 48 a 96 meses, y en multa de 100 a 1.000
salarios mínimos legales mensuales vigentes.
-RELACIÓN CON LA PROPIEDAD INTELECTUAL:
Incurrirá Pena de prisión de 48 a 96 meses, y en
multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
-RELACIÓN CON LOS DATOS: Incurrirá en pena de prisión
de 48 a 96 meses y en multa de 100 a 1.000 salarios
mínimos en la mayoría de todos los casos.
-RELACIÓN CON EL CONTENIDO: Incurrirá en pena de
prisión de 36 a 72 meses y en multa de 100 a 1.000
salarios mínimos legales mensuales vigentes, “siempre
que el contenido no constituya delito sancionado con
una pena mayor”.