Escisión : Acto jurídico para la
reorganización de una empresa,
mediante el cuál puede dividir sus
recursos y obligaciones
Escindente: Sociedad
extinguida
Escindida: sociedad
que absorbe la
extinguida
La LGSM en su art. 228
bis señala:
Se da la escisión, cuando una
sociedad decide extinguirse o sin
extinguirse decide pasar parte de
sus activos, pasivos y capital
social a otra sociedad
Objetivo:
Adecuar y orientar la estructura productiva
de las sociedades involucradas, con el fin de
desarrollar alternativas que las hagan
altamente rentables
Optimizar recursos
Incrementar su eficiencia y
eficacia en el proceso
productivo
Tipos de escisión
Parcial
Es cuando la sociedad escindente no se
extingue, sólo transmite parte de sus
derechos y obligaciones
Características
No existe disolución de la sociedad
escindida, continua existiendo
Se transmite parte del
patrimonio social a una o más
sociedades escindidas
Total
Es pura o total cuando una sociedad,
llamada escindente decide extinguirse y
pasar sus activos pasivos y capital social a
otra sociedad
Caracteristicas
Se extingue sin pasar por el
proceso de disolución, ya que
implicaría la liquidación
Se transmite a título
universal el patrimonio a
sociedades que se
constituyen por escisión