La interpretación, integración y aplicación del derecho: Significa que desde el punto de vista jurídico debemos extraer y esclarecer las dudas de un caso. Se dividen en:
La interpretación, integración y aplicación del derecho: Significa que desde el punto de vista jurídico debemos extraer y esclarecer las dudas de un caso. Se dividen en:
1. Interpretación Jurídica.
1.Interpretación Legislativa: Procede del legislador y es obligatoria.
2. Interpretación Judicial: es utilizada por los tribunales de justicia y es obligatoria.
3. Interpretación Doctrinal: es aquella que la realizan los abogados y no es obligatoria.
4. Interpretación Usual: emana de los usos y costumbres y no es obligatoria, la que se deriva de la jurisprudencia y la resuelven los tribunales.
En un caso de violación de los derechos humanos la corte constitucional mediante juicio resuelve el conflicto conforme a las leyes vigentes y la constitución.
5. La interpretación constitucional: se orienta en la seguridad jurídica y en la vigencia de un estado de derecho. se basa en los derechos establecidos por la constitución de la república estos derechos son irrenunciables
Ejemplo: un ciudadano ecuatoriano ha sufrido discriminación y acoso laboral, el ciudadano tiene todo de derecho de demandar a todo aquel que vulnere sus derechos pues estos derechos están escrito en la constitución de la República.
El Dr. Byron Herrera abogado del Cabo de Policía José Santander interpreta técnica y científicamente todos los elementos para la defensa de su cliente en un delito de abuso de confianza según el Art. 294 del COIP usando como interpretacion los informes falsos de sus superiores y la falta de pruebas de sus acusadores.
En un caso de robo el juez de garantías constitucionales desarrolla la actividad jurisdiccional y está obligado a decidir las cómo solucionar el conflicto, en vista que se trata de un delito de robo según el Art. 189 del COIP ordena la prisión preventiva del implicado.
Ejemplo: El Asambleísta Carlos Acuña forma parte de la asamblea y con otros asambleístas encuentran analizando y estudiando una nueva ley
2. Interpretación del Derecho: se la hace cuando no existen hipótesis con respecto al ordenamiento jurídico para poder resolver un problema; es decir trata sobre las lagunas jurídicasy tiene que hacer uso de una serie de elementos para que puedan encontrar el cuerpo normativo que nos lleve a una respuesta.
1. La Analogía: Es un método técnico jurídico qué se basa en la igualdad la razón natural y en la justicia.
2.La Equidad: aplica igualdad y su finalidad es cumplir con la ley y la justicia.
3. Los principios generales del derecho: Son utilizados por los jueces, los legisladores y los juristas mediante las normas universales, éticas y jurídicas.
3. La aplicación del derecho: se da cuando surgen conflictos y es realizada por los jueces de garantías constitucionales. Se dividen en dos fases: 1: Fase formal. 2. Fase sustancial. La la fase formal aplica las normas constitucionales de acuerdo a la ley y la fase sustancial el juez de manera lógica hace prevalecer la justicia mediante su dictamen.
Ejemplo: En un caso de estafa según el artículo 182 del COIP en la fase formal el juez aplica normas constitucionales haciendo prevalecer los derechos de ambas partes y en la fase sustancial mediante la pruebas y basándose en la lógica el juez decide la resolución del caso. Por ejemplo en la resolución mediante las pruebas obtenidas científicamente el juez dicta un año de prisión más la devolución del monto sustraído a la persona accionante del delito.