El régimen jurídico de la protección dedatos de carácter personal
Description
Tema 7 La Administración territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Oposición Policía Canaria Mind Map on El régimen jurídico de la protección dedatos de carácter personal, created by Francisco Afonso on 28/01/2019.
El régimen jurídico de la protección
dedatos de carácter personal
Regulación
Constitución Española, Artículo 18
Regl. 2016/679 UE, de 27 Abr.
(protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el
que se deroga la Directiva 95/46/CE
-Reglamento general de protección
de datos-)
LO 3/2018 de 5 Dic.
(Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales)
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter
Personal.
Conceptos
Fichero: todo conjunto
organizado de datos de
carácter personal, cualquiera
que fuere la forma o
modalidad de su creación,
almacenamiento,
organización y acceso.
Datos de carácter personal:
cualquier información
concerniente a personas
físicas identificadas o
identificables.
Tratamiento de datos: operaciones y
procedimientos técnicos de carácter
automatizado o no, que permitan la recogida,
grabación, conservación, elaboración,
modificación, bloqueo y cancelación, así como
las cesiones de datos que resulten de
comunicaciones, consultas, interconexiones y
transferencias.
Responsable del fichero o tratamiento:
persona física o jurídica, de naturaleza
pública o privada, u órgano
administrativo, que decida sobre la
finalidad, contenido y uso del
tratamiento.
Afectado o interesado: persona
física titular de los datos que
sean objeto del tratamiento a
que se refiere el apartado c) del
presente artículo.
Procedimiento de disociación: todo
tratamiento de datos personales de
modo que la información que se
obtenga no pueda asociarse a persona
identificada o identificable.
Encargado del tratamiento: la persona física o jurídica,
autoridad pública, servicio o cualquier otro organismo que,
sólo o conjuntamente con otros, trate datos personales por
cuenta del responsable del tratamiento.
Consentimiento del interesado: toda manifestación de
voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante
la que el interesado consienta el tratamiento de datos
personales que le conciernen.
Fuentes accesibles al público: aquellos ficheros cuya
consulta puede ser realizada, por cualquier persona, no
impedida por una norma limitativa o sin más exigencia
que, en su caso, el abono de una contraprestación.
Cesión o comunicación de datos: toda revelación
de datos realizada a una persona distinta del
interesado.
Principios de
protección de datos
Exactitud de los datos
Deber de confidencialidad.
Tratamiento basado en el consentimiento del afectado.
Consentimiento de los menores de edad.
Tratamiento de datos por obligación legal, interés público o ejercicio de poderes públicos.