REFORMA ARTICULO 3RO CONSTITUCIONAL

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REFORMA ARTICULO 3RO CONSTITUCIONAL
  1. PERIODO DE ENSEÑANZA LIBRE (1821-1856)
    1. Legislacion Educativa se encuentra enmarcada, paralelamente a los acontecimientos históricos, dentro de la Constitución de 1824, de las Leyes constitucionales de 1836,
      1. El objetivo fue el de promover la ilustración y la creación de centros educativos con un marcado sello centralizador y total.
      2. LA PEDAGOGÍA DEL MOVIMIENTO DE REFORMA (1857-1917)
        1. La escuela básica sería en adelante, gratuita, obligatoria y laica, y su objetivo primordial el logro de la unificación educativa nacional en todos los rincones del paí
          1. En esta segunda fase de nuestra historia, logran imponerse las tesis liberales, pero frente a la crisis derivada de la guerra de Reforma, el esfuerzo de los diputados constituyentes se convirtió en un intento de formar nuevos ciudadanos para el futuro mediante la instrucción laica
          2. LA CORRIENTE REVOLUCIONARIA Y LA EDUCACIÓN SOCIALISTA (1917-1940)
            1. Al triunfar el movimiento armado, los idearios políticos de la época con un marcado sentido social y popular adquieren un perfil jurídico en la Constitución de 1917
              1. La Revolución Mexicana no intentó borrar ninguna de las conquistas educativas del liberalismo republicano; por el contrario, las encaminó definitivamente al terreno de las realizaciones.
              2. El gran logro de la Revolución mexicana fue el educativo. Pudiendose confirmar que la educación es uno de los principios básicos de la ideología revolucionaria
                1. La Constitución promulgada el 5 de febrero de 1917 estableció en su artículo tercero, los puntos esenciales del proyecto social de la Revolución que sería la plataforma para sentar las bases actuales de la educación en el país
                  1. El artículo tercero constitucional estableció las bases de la educación en México y es su eje normativo, habiendo sido objeto de reformas en varias ocasiones, que son la parte medular de esta colaboración y que se tratarán más adelante.
                    1. En la propia Constitución de 1917, en su artículo 73, fracción XXV, se facultó al Congreso para establecer escuelas en toda la República, subsidiadas por la Federación, así como para controlar y legislar sobre las mismas, sin menoscabo de la facultad de los Congresos estatales. El artículo 123 se estableció, entre otras, la obligación de los patrones de proporcionar a sus trabajadores el servicio de escuelas.
                    2. LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DE LA UNIDAD NACIONAL (1940-1980)
                      1. Una sostenida labor de alfabetización del pueblo, llevada a todas las zonas de la República, y una eficiente campaña de construcción y habilitación de edificios escolares, emprendida con el apoyo de grandes recursos financieros de carácter público.
                        1. La Reforma del Artículo Tercero del 30 de Diciembre de 1946 hasta la fecha, el rasgo distintivo de la educación mexicana ha sido el de la expansión en todos sus niveles
                          1. Durante el Gobierno del general Manuel Ávila Camacho se da una nueva reforma al artículo tercero constitucional, mediante la cual se consolidan las bases para el dominio educativo del sector público y el agigantado crecimiento de la labor educativa del país en los regímenes subsiguientes
                          2. EL PERIODO DE LA CRISIS Y LA MODERNIZACIÓN EDUCATIVA (1982-1997)
                            1. Esta etapa de modernización educativa está sustentada jurídicamente en dos últimas reformas al artículo tercero constitucional y en la expedición de la Ley Orgánica de la Educación.
                              1. La crisis económica de los años ochenta tuvo un efecto inconveniente para las políticas de bienestar y desarrollo social. E
                              2. EL CONTENIDO DEL ARTÍCULO TERCERO CONSTITUCIONAL
                                1. El artículo tercero constitucional sienta las bases de la educación en México,
                                  1. El proyecto de artículo tercero presentado por Venustiano Carranza al Congreso Constituyente de Querétaro, confirmaba la libertad de enseñanza, como lo había hecho la Constitución de 1857
                                    1. El General Múgica propuso un texto más radical que el presentado por Carranza con el que eliminaba la intervención del clero en la educación:
                                      1. 1.La educación impartida en escuelas oficiales sería laica. 2. La enseñanza primaria en escuelas particulares sería igualmente laica. 3. Las corporaciones religiosas y los ministros de los cultos estarían impedidos para establecer o dirigir escuelas primarias. 4. Las escuelas primarias particulares sólo podrían establecerse si se sujetaban a vigilancia oficial. 5. Las escuelas oficiales impartirían enseñanza primaria en forma gratuita.
                                    2. LAS COMPETENCIAS EN MATERIA EDUCATIVA Y LA CENTRALIZACIÓN
                                      1. La materia educativa, por sus características, está vinculada estrechamente al tema de la distribución de competencias entre los distintos niveles de gobierno. Las fórmulas de asignación de las atribuciones públicas entre los gobiernos federal, estatales y municipales es una de las expresiones más precisas para definir el sistema federal
                                        1. El 13 de diciembre de l934 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a los artículos 3o. y 73, fracción XXV. Esta reforma permitió al Congreso de la Unión distribuir, unificar y coordinar la educación pública, por lo que la autonomía que habían tenido los estados, desde 1921 hasta 1934
                                          1. La centralización fue manifiesta, y opuesta al precepto original, pero todavía el Constituyente Permanente fue más allá, al disponer que las leyes del Congreso se encaminarían a distribuir convenientemente entre la Federación, los estados y los Municipios, el ejercicio de la función educativa, así como las aportaciones económicas correspondientes a tal tarea pública
                                          2. LA PRIMERA REFORMA (1934)
                                            1. La primera modificación al texto original fue publicada en Diario Oficial de la Federación de 13 de diciembre de 1934
                                              1. La educación que imparta el Estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.
                                                1. Las corporaciones religiosas, los ministros de los cultos, las sociedades por acciones que exclusiva o preponderantemente realizaran actividades educativas, y las asociaciones o sociedades ligadas directa o indirectamente con la propaganda de un credo religioso, no podrían intervenir en forma alguna en escuelas primarias, secundarias o normales, ni podrían tampoco apoyarlas en forma económica
                                            2. LA SEGUNDA REFORMA (1946)
                                              1. La segunda reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación, de fecha 30 de diciembre de 1946, y modificó casi totalmente el contenido del artículo tercero
                                                1. Se estableció que la educación impartida por el Estado tendería al desarrollo armónico de todas las facultades del ser humano, fomentando el amor a la patria, la conciencia de la solidaridad internacional, la independencia y la justicia.
                                                  1. Se conservó el sentido laico, pero se reforzó el concepto, al afirmar que garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, el criterio en que se orientaría a la educación impartida por el Estado
                                                    1. Indica que la educación sería nacional, en cuanto, sin hostilidades ni exclusivismos, debía atender a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica, a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura; contribuyendo a la mejor convivencia humana
                                                    2. LA TERCERA REFORMA (1979)
                                                      1. Fracción VIII al artículo tercero constitucional que, con ciertas precisiones incorporadas por las cámaras de Diputados y Senadores se volvería texto constitucional. Esta enmienda se publicó en el Diario Oficial de la Federación de 9 de junio de 1980, garantizando constitucionalmente la autonomía universitaria que, hasta entonces, sólo había estado protegida legalmente para ciertas instituciones.
                                                        1. “La autonomía universitaria es una institución que hoy es familiar a la nación mexicana. Es compromiso permanente del Estado respetar irrestrictamente la autonomía para que las instituciones de cultura superior se organicen, administren y funcionen libremente, y sean sustento de las libertades , jamás como fórmula de endeudamiento que implique un derecho territorial por encima de las facultades primigenias del Estado” .
                                                          1. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación, y de libre examen y discusión de las ideas
                                                            1. “Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas [...] determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción, permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio”
                                                            2. LA CUARTA REFORMA (1992)
                                                              1. 1992 se reformó la Constitución General de la República para configurar una nueva situación jurídica de las Iglesias, se trataba de un replanteamiento de temas de la agenda nacional: libertad de creencias, separación Estado-iglesias y educación pública laica.
                                                                1. La reforma aprobada por el Constituyente Permanente en 1992, estableció que la educación impartida por el Estado sería laica. Por otra parte, hizo posible que los particulares pudiesen ofrecer adicionalmente educación religiosa.
                                                                  1. Al suprimirse esta prohibición, se reconoció implícitamente el derecho de educación religiosa en los planteles particulares. Asimismo, el derecho de las comunidades religiosas y de los ministros de los cultos, de enseñar en estos planteles y de crear, dirigir y administrar instituciones educativas en todos los niveles y grados.
                                                              2. LA QUINTA REFORMA (1993)
                                                                1. El titular del Ejecutivo federal presentó a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, una iniciativa de modificación al artículo tercero constitucional. En la exposición de motivos de la iniciativa de reforma, propone se incluya el derecho de todo mexicano a recibir educación, y la obligación del Estado de impartir educación preescolar, primaria y secundaria a quien lo solicite. Se establecía además que la educación primaria y secundaria serían obligatorias.
                                                                  1. Iniciativa de modificación al artículo tercero constitucional. En la exposición de motivos de la iniciativa de reforma, propone se incluya el derecho de todo mexicano a recibir educación, y la obligación del Estado de impartir educación preescolar, primaria y secundaria a quien lo solicite. Se establecía además que la educación primaria y secundaria serían obligatorias
                                                                    1. La reforma señala que el Estado impartirá educación preescolar, primaria y secundaria, en los términos de las leyes aplicables. La obligación de los padres se concreta a la primaria y secundaria y no a la preescolar
                                                                      1. La última reforma al artículo tercero tiene varias vertientes: 1.- Se establece la obligatoriedad de todo individuo a recibir educación. 2.- Se establece la obligación correlativa del Estado mexicano para impartir educación preescolar, primaria y secundaria. 3.-Se establece la obligación de cursar la educación secundaria. 4.- Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. 5-Se establece que en los términos de ley, el Estado podrá otorgar y retirar el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. 6.- — Se cancela la mención y el tratamiento especial a la educación de cualquier tipo y grado, otorgada a obreros y campesinos. 7.- Se modifica el artículo 31 constitucional, para establecer que es obligación de los mexicanos hacer que sus hijos, menores de quince años, concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener educación primaria y secundaria.
                                                                2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO MEXICANO
                                                                  1. PRINCIPIOS Y OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACION
                                                                    1. El artículo tercero constitucional establece que todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria. La educación proporcionada por el Estado, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional.
                                                                    2. LEYES Y OTRAS NORMAS RELATIVAS A LA EDUCACION
                                                                      1. Los documentos legales que actualmente se encuentran en vigor en materia educativa son: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en especial sus artículos 3° y 31; la Ley General de Educación; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en particular su artículo 38; y el Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública
                                                                        1. La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal fue promulgada en 1976 y las últimas reformas ocurrieron en febrero y mayo de 1992. El artículo 38 establece las atribuciones de la Secretaría de Educación Pública (SEP). El Reglamento Interior de la SEP, describe las funciones específicas del Secretario de Educación Pública, de los Subsecretarios, de las Direcciones Generales y de los Órganos Administrativos Desconcentrados de la SEP.
                                                                      2. ADMINISTRACION Y GESTION DE EDUCACION BASICA FEDERALIZADA
                                                                        1. 1. Planes y Programas de Estudio. 2. Calendarios Escolares. 3. Elaborar y Mantener Libros de Textos Gratuitos. 4. Autorizar libros de Texto Complementarios. 5.Registro Nacional de Instituciones que Integran el Sistema Educativo. 6.Planeacion y Programacion Global del Sistema Educativo Nacional.
                                                                        2. ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO
                                                                          1. Educacion Preescolar
                                                                            1. La educación preescolar es obligatoria y atiende a niños de 4 y 5 años de edad. Se imparte generalmente en tres grados. El primero y el segundo grados atienden a niños de 3 y 4 años; el tercer grado a los de 5 años.
                                                                              1. La educación preescolar debe ofrecer a los niños la oportunidad de desarrollar su creatividad, de afianzar su seguridad afectiva y la confianza en sus capacidades, estimular su curiosidad y efectuar el trabajo en grupo con propósitos deliberados.
                                                                            2. Educacion Primaria
                                                                              1. La educación primaria es obligatoria y se imparte a niños de entre 6 y hasta 14 años de edad; la duración de los estudios es de seis años- dividida en seis grados. La primaria se ofrece en tres servicios: general, indígena y cursos comunitarios
                                                                                1. 1.Desarrollen las habilidades intelectuales y los hábitos.2. Adquieran los conocimientos fundamentales para comprender los fenómenos naturales. 3.Formacion éticamente mediante el conocimiento de sus derechos y deberes. 4. Desarrollen actitudes propicias para el aprecio y disfrute de las artes y del ejercicio físico y deportivo.
                                                                              2. Educacion Secundaria
                                                                                1. La educación secundaria es obligatoria desde 1993 y se imparte en los siguientes servicios: general, para trabajadores, telesecundaria, técnica y para adultos. La secundaria se proporciona en tres años a quienes hayan concluido la educación primaria. Generalmente está dirigida a la población de 12 a 16 años de edad.
                                                                                  1. 1. Asegurar que los estudiantes profundicen y ejerciten su competencia.2. Ampliar y consolidar los conocimientos y habilidades matemáticas. 3. Fortalecer la formación científica de los estudiantes y superar los problemas de aprendizaje que se presentan en este campo. 4.Profundizar y sistematizar la formación de los estudiantes en Historia, Geografía y Civismo. 5. aprendizaje de una lengua extranjera (inglés o francés)
                                                                                2. Educacion Indigena
                                                                                  1. La Constitución y la Ley General de Educación establecen que la educación que imparta el Estado deberá considerar, de manera prioritaria, la índole pluricultural y multilingüística de los mexicanos. Por esta razón, la política educativa del gobierno de la República ha sido diseñada para responder a las necesidades de la diversidad poblacional.
                                                                                    1. La alfabetización y el desarrollo de competencias básicas para la expresión oral y escrita en dos idiomas constituyen un proceso que, para ser exitoso, conviene realizar en la lengua materna del educando. Por esa razón, la educación indígena se imparte en el lenguaje cuyo uso prevalece en la comunidad.
                                                                                3. Programas Compensatorios
                                                                                  1. Una de las grandes prioridades de la política educativa mexicana consiste en abatir el rezago en las zonas de mayor marginación.
                                                                                  2. Educacion Para Adultos
                                                                                    1. El modelo promueve la adquisición de las competencias académicas básicas y las destrezas laborales que permitirán a las personas una mejor integración al mercado de trabajo. A partir de una estructura modular flexible, el adulto podrá optar por la ruta educativa de su preferencia, con base en sus objetivos específicos de estudio, sus posibilidades y requerimientos de aprendizaje.
                                                                                    2. Educacion Media Superior
                                                                                      1. El principal objetivo del bachillerato general es preparar a los estudiantes para continuar estudios superiores. En esta modalidad, se ofrece una educación de carácter formativo e integral en la que se le brinda al educando una preparación básica general, que comprende conocimientos científicos, técnicos y humanísticos, conjuntamente con algunas metodologías de investigación y de dominio del lenguaje
                                                                                        1. Dentro de las opciones afines al bachillerato general, se encuentra la preparatoria abierta. Esta modalidad fomenta el autodidactismo dirigido, le ofrece al usuario la posibilidad de estudiar en el tiempo y al ritmo que mejor le convenga; no hay restricciones temporales ni de orden para cursar las materias que conforman el plan de estudios; y el estudiante cuenta con materiales didácticos impresos y audiovisuales, especialmente diseñados para el estudio independiente
                                                                                      2. Educacion Superior
                                                                                        1. Las funciones primordiales de la educación superior se refieren a la formación de las personas en los distintos campos de la ciencia, la tecnología, la docencia, la investigación; también, a la extensión de los beneficios de la educación y la cultura al conjunto de la sociedad, con el propósito de impulsar el progreso integral de la nación.
                                                                                          1. Los estudios de posgrado en el sistema educativo nacional, tienen el propósito de profundizar los conocimientos en un campo específico: 1. Maestrias. 2. Especialidades. 3. Doctorados
                                                                                            1. Por su régimen jurídico, las instituciones de educación superior pueden constituirse en universidades públicas autónomas, universidades públicas estatales, instituciones dependientes del Estado, instituciones privadas sin reconocimiento de estudios e instituciones privadas reconocidas por la Secretaría de Educación Pública
                                                                                          2. Edicacion Tecnologica
                                                                                            1. Las instituciones de educación tecnológica se establecieron para ofrecer a los jóvenes una alternativa de acceso a la educación superior más directamente vinculada con el mercado de trabajo y el desarrollo regional, y con el propósito de ofrecer a los estudiantes una formación teórico-práctica de carácter integral que habilite y forme individuos para hacer frente a los retos del desarrollo nacional
                                                                                              1. Las universidades tecnológicas son organismos públicos descentralizados de los gobiernos estatales que ofrecen carreras con programas de dos años para obtener el grado de Técnico Superior Universitario.
                                                                                            2. Educacion Normal
                                                                                              1. A partir de 1984, al elevarse los estudios de educación normal al grado de licenciatura, se integró este subsistema a la educación superior. El principal objetivo de las escuelas normales es la formación de docentes en los niveles y modalidades de la educación básica
                                                                                              2. Educacion Especial
                                                                                                1. La educación especial es aquella atención dirigida a los menores con discapacidad como el derecho que tienen todos los niños de acceso al currículo básico y a la satisfacción de sus necesidades de aprendizaje, y establece la integración educativa como una estrategia importante a seguir.
                                                                                                  1. Es necesario precisar que el propósito que se persigue con la integración educativa es que todos los niños en edad escolar con alguna necesidad educativa especial, con o sin discapacidad, tengan acceso al currículo básico; la incorporación a la educación regular de estos alumnos depende de la condición de cada uno.
                                                                                                    1. Existen Centros de Atención Múltiple que atienden a personas discapacitadas, así como Unidades de Atención al Público. Éstas orientan a los padres y a otras personas a canalizar adecuadamente a los menores con necesidades educativas especiales.
                                                                                                Show full summary Hide full summary

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