En el caso de conflicto entre
normas provenientes de
fuentes jerárquicamente
equiparadas.
es decir, esta dispuestas sobre el
mismo plano, esto es que la norma
creada con anterioridad en el
tiempo debe considerarse
abrogada tácitamente, y por
tanto, ceder ante la nueva
3
Criterio de
especialidad (lex
specialis derogat
legi generali)
Ante dos normas
incompatibles, una
general y la otra
especial (o excepcional)
Este criterio se sustenta
en que la ley especial
substrae una parte de la
materia regida por la de
mayor amplitud
En la época contemporánea,
la doctrina, la ley y la
jurisprudencia han
incrementado la lista con
otros tres criterios
4
Criterio de
competencia
aplicable
bajo las
circunstancias
siguientes:
a) que se produzca
un conflicto entre
normas
provenientes de
fuentes de tipo
diverso
b) que entre las dos
fuentes en cuestión
no exista una
relación jerárquica
c) que las relaciones entre las dos
fuentes estén reguladas por otras
normas jerárquicamente superiores,
atribuyendo -y de esa forma,
reservando- a cada una de ellas una
diversa esfera material de
competencia, de modo que cada una
de las dos fuentes tenga la
competencia exclusiva para regular
una cierta materia
5
Criterio de
Prevalencia
Este mecanismo requiere
necesariamente de una regla
legal, donde se disponga que
ante conflictos producidos
entre normas válidas
pertenecientes a subsistemas
normativos distintos
Debe prevalecer alguna de
ellas en detrimento de la
otra, independientemente
de la jerarquía o
especialidad de cada una
6
Criterio de
procedimiento
Se inclina por la subsistencia de la
norma, cuyo procedimiento
legislativo de que surgió, se
encuentra más apegado a los
cánones y formalidades exigidas
para su creación.
Para determinar la aplicabilidad de
cada uno de los criterios mencionados,
resulta indispensable que no estén
proscritos por el sistema de derecho
positivo rector de la materia en el
lugar, ni pugnen con alguno de sus
principios esenciales.
Si todavía ninguno de estos
criterios soluciona el conflicto
normativo, se debe recurrir a
otros, siempre y cuando se
apeguen a la objetividad y a la
razón.
7
La norma
más
favorable
La norma más favorable a
la libertad de los sujetos
involucrados en el asunto,
por ejemplo, en el
supuesto en que la
contienda surge entre una
norma imperativa o
prohibitiva y otra
permisiva, deberá
prevalecer esta última.
Este criterio se limita en el caso de
una norma jurídica bilateral que
impone obligaciones correlativas de
derechos, entre dos sujetos, porque
para uno una norma le puede ser
más favorable, y la otra norma
favorecerá más la libertad de la
contraparte
8
Criterio de
Justicia y
Decision
En éste se debe decidir a
cuál de los dos sujetos es
más justo proteger o cuál de
los intereses en conflicto
debe prevalecer
9
Criterio
de
Elección
Criterio en el cual se elige la norma
que tutele mejor los intereses
protegidos, de modo que se aplicará
la que maximice la tutela de los
intereses en juego, lo que se hace
mediante un ejercicio de ponderación
requiere que las
normas en conflicto
tutelen o favorezcan
al cumplimiento de
valores o principios
distintos
Criterio
Jerárquico (lex
superior derogat
legi inferiori)
La norma
jerárquicamente
inferior tiene la
calidad de
subordinada
Por lo tanto, debera
ceder en los casos en que
se oponga a la ley
subordinante
10
Criterio de
distinción entre
principios y
reglas
Basado en la distinción entre
principios y reglas, para que
prevalezca la norma que
cumpla mejor con alguno o
varios principios comunes a
las reglas que estén en
conflicto
Esta posición se explica sobre la base de
que los principios son postulados que
persiguen la realización de un fin, como
expresión directa de los valores
incorporados al sistema jurídico, mientras
que las reglas son expresiones generales
con menor grado de abstracción, con las
que se busca la realización de los principios
y valores que las informan
De manera que ante la
discrepancia entre reglas
tuteladas de los mismos
valores, debe subsistir la que
mejor salvaguarde a éste.