ART. 10 LAEPyC PROCEDENCIA.
situacion de amenzada,
restriccion o violacion de los
derechos que la Constitucion
reconoce
ART. 8 LAEPYC OBJETO protege
personas con todas las amenzas a
sus derchos constitucionales
ARTICULO 30 LAEPyC. TRAMITE DEL
AMPARO. los jueces o tribunales estan
obligados a tramitar los amparos el
mismo dia
ARTICULO 20. Plazo para la petición
de amparo. La petición de amparo
debe hacerse dentro del plazo de
los 30 siguientes al de la
última notificación al afectado o de
conocido por éste el hecho que a su
juicio, le perjudica.
ARTICULO 35. Primera
audiencia a los interesados y
prueba. Recibidos los
antecedentes o el informe, el
tribunal deberá confirmar o
revocar la suspensión
provisional decretada en el
auto inicial del procedimiento.
ARTICULO 37. Segunda
audiencia. Concluido el
término probatorio, el
tribunal dictará providencia
dando audiencia a las partes
y al Ministerio Público por el
término común de cuarenta
y ocho horas, transcurrido el
cual, se hayan o no
pronunciado, dictará
sentencia dentro de tres
días.
ARTICULO 38. Vista Pública.
alguna de las partes o el
Ministerio Público solicita
vista pública, ésta se
efectuará el último de los tres
días siguientes el tribunal
dictará sentencia dentro del
plazo de los tres días
siguientes.
ARTICULO 42. Análisis del caso y
sentencia. Examinados los hechos ,
las pruebas y las actuaciones el
tribunal pronunciara sentencia
otorogandfo o n}denengando
amparo
ARTICULO 35.
Primera audiencia
a los interesados y
prueba.
ARTICULO 27. Amparo provisional. La
suspensión provisional del acto
reclamando procede tanto de oficio
como a instancia de parte