CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA DEL PSICÓLOGO PERUANO

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Lo más relevante del código de ética del psicólogo peruano actualizado
Violeta Nuñez
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CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA DEL PSICÓLOGO PERUANO
  1. TÍTULO PRELIMINAR
    1. Art. I DEL ROL DE LA PSICOLOGIA
      1. Respeto a la vida y al desarrollo de la calidad humana
        1. Promover y preservar la salud psicológica
        2. Art. II DE LOS PRINCIPIOS Y VALORES ÉTICOS
          1. Evitar que se produzca cualquier forma de daño
          2. Art. VI DEL COMPROMISO INSTITUCIONAL Y SOCIAL
            1. Debe lealtad a la comunidad
              1. Salvaguardar la honorabilidad de sus actos
            2. CAP. 1 DEL EJERCICIO PROFESIONAL
              1. Art. 1 Estar titulado, colegiado y habilitado para ejercer
                1. Art. 3 Respetar las disposiciones legales
                  1. Art. 13 Evitar una relación sentimental o sexual con el paciente
                  2. CAP. 2 DEL TRABAJO DOCENTE
                    1. Art. 19 Capacitación y formación actualizada
                    2. CAP. 3 DE LA INVESTIGACIÓN
                      1. Art. 23 Contar con la aprobación de un comité de ética
                        1. Art. 24 Contar con consentimiento informado de los examinados
                        2. CAP. 4 DE LA PUBLICIDAD
                          1. Art. 28 Prohibido participar en publicidad que promocione propaganda psicológica no validada
                          2. CAP. 5 DE LOS HONORARIOS
                            1. Art. 30 Los honorarios se sujetarán a la tabla de las normas orientadoras fijadas por el colegio de psicólogos
                            2. CAP. 6 DE LOS DOCUMENTOS
                              1. Art. 35 Prohibido falsear, o adulterar el contenido de la historia de un paciente
                              2. CAP. 7 DE LAS RELACIONES PROFESIONALES
                                1. Art. 41 No debe expresarse mal de otros profesionales afectando su reputación
                                2. CAP. 8 DE LOS INSTRUMENTOS DE INVESTIGACIÓN
                                  1. Art. 48 Está prohibido utilizar los instrumentos para definiciones psicológicas o de diagnóstico
                                  2. CAP. 9 SECRETO PROFESIONAL
                                    1. Art. 56 Puede incurrir en violación del secreto en situaciones determinadas y graves.
                                    2. CAP. 10 CONFIDENCIALIDAD
                                      1. Art. 59 La muerte del paciente no lo exime de la confidencialidad
                                      2. CAP. 12 DE LAS PUBLICACIONES
                                        1. Art. 63 Resguardar el nivel científico de la profesión
                                        2. CAP. 11 RESPONSABILIDAD SOCIAL
                                          1. Art. 60 Compromiso profesional y científica hacia la sociedad en la que trabajan y viven
                                          2. CAP. 13 DE LOS NOMBRAMIENTOS PROMOCIONES Y CONCURSOS
                                            1. Art. 71 Prohibido tratar de obtener ventajas en concursos para obtener cargos u otros meritos
                                            2. CAP. 14 DE LA PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO ELECTORAL
                                              1. Art. 75 Prohibido desarrollar campañas dañinas contra la integridad moral de otros
                                              2. CAP. 15 DE LAS OBLIGACIONES PECUNIARIAS
                                                1. Art. 78 El pago es una obligación legal y moral para los colegiados
                                                2. CAP. 16 DEL AUSENTISMO
                                                  1. Art. 80 El ausentismo injustificado a las sesiones del colegio de psicólogos son calificables de negligencia
                                                  2. CAP. 17 DE LA CONDUCTA PROFESIONAL
                                                    1. Art. 81 Prohibidas las conductas que denigren y desprestigien la profesión, si se dan serán sancionadas
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