PRINCIPIOS
CONSTITUCIONALES
QUE RIGEN AL DEBIDO
PROCESO
Es el conjunto de principios y
procedimientos sucesivos ordenados,
dentro de los cuales se investiga un delito,
cuya finalidad fundamental es llegar a
buscar la verdad de un hecho llamado
delito, pero siempre respetando los
derechos del procesado- acusado.
El principio de
publicidad
Garantía de la
justicia, en cuanto
permite que la
colectividad
controle su
administración
ofrece a las partes
un entorno de
transparencia
La oralidad
La sustanciación
de los procesos
mediante el
sistema oral
El principio de
igualdad
Todas las
personas gozan
de los mismos
derechos,
libertades y
oportunidades
El principio de
oportunidad
Reconocimiento de
poderes
discrecionales al
Ministerio Público
para decidir sobre
la conveniencia o
no de ejercitar la
acción penal en un
caso concreto
El derecho al
juicio
La condena
ha de ser la
consecuencia
de un juicio
El derecho a
un tribunal
independiente
e imparcial
La
independencia
e imparcialidad
del tribunal es
una de las
garantías
indispensables
en todo
proceso
Non bis in
idem
Ninguna persona
puede ser
juzgada más de
una vez por un
mismo hecho
DERECHOS DE
PROTECCIÓN
Es de vital importancia
hacer mención al
debido proceso,
establecido en nuestra
Carta Magna
Art. 76 “En todo proceso en el que se
determine derechos y obligaciones de
cualquier orden, se asegurara el derecho al
debido proceso que incluirá las siguientes
garantías básicas”
Entiéndase al Debido proceso como el
conjunto de Garantías que buscan
asegurar al ciudadano una recta y
cumplida administración de justicia,
además se analizara cada uno de sus
numerales e incisos en los cuales se
sustentan garantías.
TRATADISTAS DEFINICIONES
JORGE HORACIO: “Una
serie gradual, progresiva
y concatenada de actos
jurídicos procesales,
cumplidos por órganos
predispuestos”
DEVIS ECHANDIA: “
Como la rama del
Derecho que estudia el
conjunto de normas y
principios que regulan la
función jurisdiccional del
Estado en todos sus
aspectos"
COUTURE: El debido
proceso “Es una
garantía
Constitucional que
consiste en asegurar a
los individuos la
necesidad de ser
escuchados en el
proceso en que juzga
su conducta"
DEBIDO PROCESO SUSTENTAN
GARANTÍAS COMO:
La obligación a las Autoridades administrativas y
Judiciales garantizar el cumplimiento de las
normas y los derechos de las partes
La presunción de inocencia de toda persona
A no ser juzgado por actos que no estén tipificados
como infracciones, sanciones, ser juzgados por Jueces
competentes, y con observancia del trámite propio de
cada procedimiento
Aplicar lo más favorable a la persona infractora;
nadie podrá ser privado del derecho a la defensa
Contar con el tiempo y los medios necesarios para su defensa; ser
escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones
Todos los procedimientos serán públicos; nadie podrá
ser interrogado sin la presencia de un abogado
SEGURIDAD JURÍDICA
Seguridad jurídica es el principio rector de
los postulados que constituyen el debido
proceso que, en el caso ecuatoriano,
consagra la norma contenida en el Art. 76 de
la actual Ley Suprema.
La seguridad jurídica
abarca:
La atribución de facultades a los juzgadores, en fin con
las normas primigenias de existencia comunitaria
La irretroactividad de las leyes
El incuestionable principio de legalidad en la
actuación de la administración pública