AQUELLAS RESPECTO DE LAS CUALES,
DADO UN SUPUESTO DE ECHO CABE
SOLO UNA CONSECUENCIA
FLEXIBLES
AQUELLAS QUE
PERMITEN A LOS
JUECES LA POSIBILIDAD
DE APLICARLAS SEGUN
LAS CIRCUNSTANCIAS.
1CONSTITUCIÓN
NORMA JURÍDICA SUPREMA DEL ECUADOR
SU PODER RESIDE EN EL PUEBLO SOBERANO,
SE ENCARGA DE REGULAR Y DE LIMITAR LAS
ATRIBUCIONES DE LA FUNCIÓN PÚBLICA , LAS
ACTIVIDADES PRIVADAS, QUE CONSAGRAN LOS
DEBERES Y DERECHOS DE LOS CIUDADANOS
2 TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
DEFINICIÓN
ES EL INSTRUMENTO
PRIVILEGIADO E INHERENTE
DE LAS RELACIONES
INTERNACIONALES
LOS DERECHOS
HUMANOS
CONSIDERADOS
3LEYES ORGÁNICAS
4LEYES ORDINARIAS
5 NORMAS REGIONALES
5ORDENANZAS DISTRITALES
DECRETOS
SEGÚN EL ART 425 DE LA CONSTITUCIÓN DEL ECUADOR
SON. ordenadas de manera jerárquica , siendo de esta
manera 1 las leyes , 2 la costumbre, 3 la jurisprudencia, 4
doctrina,
ARTICULO 1 DEL CÓDIGO CIVIL
ECUATORIANO, '' ES LA
DECLARACIÓN DE LA VOLUNTAD
SOBERANA, MANIFESTADA EN
FORMA PRESCRITA POR LA
CONSTITUCIÓN , MANDA PROHÍBE O PERMITE''.
COSTUMBRE
ART. 2 Del Código Civil
dice; ''LA COSTUMBRE
NO CONSTITUYE
DERECHO SINO EN LOS
CASOS QUE LA LEY SE
REMITA A ELLA. ''
CRITERIOS AUXILIARES SON LAS FUENTES REALES -MATERIALES
JURISPRUDENCIA
CONOCIMIENTO DE LA LEY,
ES UTILIZADA POR EL TRIBUNAL
SUPREMO EN SU MANERA DE
INTERPRETAR O APLICAR EL
DERECHO EN CASO DE DUDA
ART. 185 DE LA CONSTITUCIÓN
ECUATORIANA,'' LAS SENTENCIAS
EMITIDAS POR LAS SALAS
ESPECIALIZADAS DE LA CORTE
NACIONAL DE JUSTICIA QUE REINTEREN
POR TRES OCASIONES LA MISMA
OPINIÓN SOBRE UN MISMO PUNTO,
OBLIGARÁN A REMITIR EL FALLO AL
PLENO DE LA CORTE A FIN DE QUE ESTE
DELIBERE Y DECIDA HASTA EN EL PLAZO
DE 70 DÍAS, SOBRE SU
CONFORMIDAD,SI EN DICHO PLAZO NO
SE PRONUNCIA, O SI RACTIFICA EL
CRITERIO ESTA OPINIÓN CONSTITUÍRA
JURISPRUDENCIA OBLIGATORIA . LA
JUEZA O JUEZ PONENTE PARA CADA
SENTENCIA SERÁ DESIGNADO
MEDIANTE SORTEO Y DEBERÁ
OBSERVAR LA JURISPRUDENCIA
OBLIGATORIA ESTABLECIDA DE
MANERA PRECEDENTE. PARA CAMBIAR
EL CRITERIO JURISPRUDENCIAL
OBLIGATORIO LA JUEZA O JUEZ SE
SUSTENTARA EN RAZONES JURÍDICAS
MOTIVADAS QUE JUSTIFIQUEN EL
CAMBIO, Y SU CAMBIO DEBERÁ SER
APROBADO DE FORMA UNÁNIME POR
LA SALA''.
EN REFERENCIA DE LA
JURISPRUDENCIA APLICADA EN LA
ARTICULO 185 DE LA COSTITUCIÓN
DEL ECUADOR, SE PUEDE
DETERMINAR QUE POSEE UN VALOR
RESALTABLE PUESTO QUE ES
VINCULANTE , COLMA LAGUNA
JURÍDICAS Y ES CUESTIONADA COMO
FUENTE PRINCIPAL DEL DERECHO.
EN EL PRESENTE ARTICULO PODEMOS CAPTAR
QUE LA CORTE CONSTITUCIONAL REALIZA
CONTROL DE COSTITUCIONALIDAD AL
INTERORETAR Y RESOLVER CASOS EN LOS QUE
LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES
POSEE CARACTER VINCULANTE
GOZA DE RANGO CONSTITUCIONAL
SISTEMA DE REVISIÓN Y SELECCIÓN
DOCTRINA
ES EL DESARROLLO DEL ORDENAMIENTO JURÍDO
PRINCIPIOS GENERALES
DERECHO, CONJUNTO DE NORMAS
JURÍDICAS POSITIVAS QUE RIGEN EN
UN PAÍS, SISTEMA NORMATIVO.