La posibilidad de atribuir a
una persona un acto
tipicamente antijuridico
El cual debe
Presentar
Físicas,
Psíquicas,
Madurez,
Salud Mental
Las cuales deben ser:
Legalmente necesarias para que
puedan ser atribuidos a una
persona
Se sustenta
TEÓRICAMENTE
Concepto Clásico
Se Fundamenta
En la Responsabilidad Moral, se
asienta en la CONCIENCIA y la
LIBERTAD de los actos
así como
Un Concepto Positivista: El
Individuo es Imputable y
penalmente responsable por el
hecho y por las circunstancias de
vivir en sociedad; es llevado por los
fenómenos sociales de la sociedad a
la perpetración de un delito.
en consecuencia
La sociedad debe imponer una sanción
por el daño que ha causado con la
perpetración del delito.
Concepto Positivista
Se Fundamenta
En el Determinismo, reprocha a los Clásicos
su ingenuidad al creer que exista el Libre
Albedrio, dicen que el delincuente es
INELUCTABLE, irremediablemente llevado
a la perpetración de un delito determinado
por una seerie de factores ambientales,
sociales, hereditarios, entre otros.
JURÍDICAMENTE
En el Código Penal Venezolano, el
cual se apega a la Escuela Clásica;
apoya la imputabilidad en la
CONCIENCIA y la LIBERTAD
en este contexto
El Art. 62 señala... "No es punible
quien ejecuta la acción hallándose
dormido o en Estado de
Enfermedad Mental suficiente
para privarlo de su CONCIENCIA
o la LIBERTAD
Se excluye
Penalmente
Mediante las causas de INIMPUTABILIDAD,
que son motivos legales necesarios que
impiden atribuir la imputabilidad.
Tales
como:
La falta de madurez o desarrollo mental.
Salud Mental o Enfermedad Mental.
Falta de Inteligencia y Voluntad
gravemente perturbada.
CLASES
FISICA
Salud
Edad
PSICOLÓGICAS
Desarrollo Mental.
Consciencia y
Situación Emocional