Los criterios establecidos en esta norma, inciden en la calidad de los registros médicos, así como de los servicios y de sus resultados, toda vez que se requiere de la participación comprometida de médicos, enfermeras y demás personal del área de la salud, para brindar una atención más oportuna, responsable, eficiente y amable.
Propósito
Tiene como propósito establecer con precisión los criterios científicos, éticos, tecnológicos y administrativos obligatorios en la elaboración del expediente clínico, el cual se constituye en una herramienta de uso obligatorio para el personal del área de la salud.
Qué es?
Es un instrumento de gran relevancia para la materialización del derecho a la protección de la salud.
Que consta de:
Un conjunto único de información y datos personales de un paciente, que puede estar integrado por documentos escritos, gráficos, imagenológicos, electrónicos, magnéticos, electromagnéticos, ópticos, magneto-ópticos y de otras tecnologías.
Tiene como campo de aplicación:
La observancia obligatoria del personal del área de la salud y los establecimientos prestadores de servicios de atención médica de los sectores público, social y privado, incluidos los consultorios.
Y debe cumplir con los siguientes criterios para su cumplimiento normativo
1.-Historia clínica 2.-Nota de evolución 3.-Nota de interconsulta 4.-Nota de referencia/traslado 5.-Hoja de enfermería 6.-De los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento 7.-OTROS 8.- Cartas de consentimiento informado 9.-Hojas de egreso voluntario 10.-Hoja de notificación del Ministerio Público 11.-Reporte de causa de muerte sujeta a vigilancia epidemiológica
Por: Alan Isaac Espinosa Hernández Centro Universitario de los Altos 5to Semestre Médico Cirujano y Partero