Atributos De La Personalidad

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Jhustine Tavera
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Helen Segura
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Jhustine Tavera
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Atributos De La Personalidad
  1. Caracteristicas
    1. Los atributos de la personalidad, tienen como característica ser: a) INNATOS: corresponden a la persona por el hecho de serlo. b) AD VITEM: duran tanto como la vida del titular. c) ABSOLUTOS: se oponen frente a todos. d) PERSONALES: propios de la persona. e) IRRENUNCIABLES: su titular no se puede despojar de ellos. f) INALIENABLES: no están en el comercio jurídico, ni se pueden enajenar o transmitir por causa de muerte. g) INEMBARGABLES: no tienen connotación económica. h) IMPRESCRIPTIBLES: no se extinguen por el paso del tiempo.
    2. En Derecho, son aquellas propiedades o características de identidad propias de las personas físicas o jurídicas como titulares con derechos.
      1. El nombre: Sirve para su identificación,En las personas físicas, comprende el nombre de pila, elegido por los progenitores acompañado del apellido
        1. El domicilio: Debemos distinguir entre domicilio real: el lugar físico que la persona habita,el especial, para determinados efectos, como por ejemplo, el que elige en un contrato para recibir notificaciones,el legal, que es el atribuido por la ley, y se entiende sin admitirse prueba en contrario que es el que le corresponde para el ejercicio de sus derechos, y para cumplir sus obligaciones.
          1. El estado civil: Es el status o posición de índole jurídica que ocupa una persona en relación a si nunca tuvo un cónyuge, si lo tiene , o si lo tuvo, y en éste último caso si ya no lo tiene por su deceso, o por obra de su voluntad.
            1. La nacionalidad: es el vínculo que une a una persona un estado, adjudicándole su ciudadanía, lo que le confiere derechos y obligaciones, y el sometimiento, por lo tanto a su régimen jurídico.
              1. La capacidad: es la posibilidad o facultad de ser titular de derechos u obligaciones (capacidad de derecho) o la ejercer esos derechos (capacidad de obrar o de hecho).
                1. El patrimonio: Es el conjunto de bienes y deudas que posee una persona. Comprende cosas u objetos materiales y derechos u objetos inmateriales.
                2. Unos atributos sirven para identificar a cada persona en relación con las demás, lo cual se hace en primer término, con el nombre y apellido y, en segundo término, con el domicilio, o sea el lugar donde habitualmente se vive.
                  1. as personas jurídicas deben concebirse como un fenómeno patrimonial, como parte del Derecho de Cosas y no como parte del Derecho de la Persona.
                  2. Finalmente, existen los derechos humanos o derechos de la personalidad, o fundamentales, que son atributos comunes a todo ser humano, y la nacionalidad o sea el vínculo que liga a una persona con un estado determinando, del cual se derivan derechos y obligaciones reciprocas
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