El POT es un instrumento de planificación del desarrollo local, de carácter técnico, normativo y político, sirve
para ordenar los territorios municipales y distritales, reglamentado por la Ley 388 de 1997
Normas de mayor jerarquia
El Sistema de Parques Nacionales Los Hechos
Metropolitanos. PolÌticas y Regulaciones
Sobre el Patrimonio Cultura. La conservaciÛn,
preservaciÛn y protecciÛn del medio
ambiente, los recursos naturales, las
amenazas y riesgos. N Infraestructuras
Regionales y Nacionales
Leyes complementarias del POT
Aquellas que ayudan en la regulación ambiental,
aportan elementos para el crecimiento
organizado de las ciudades, aportan mecanismos
de participación ciudadana, reglamentan el uso
del subsuelo y recursos minerales, entre otras.
Se fundamenta en
Función social y ecológica de la propiedad
Distribución equitativa de
cargas y beneficios
Prevalencia del interés general
sobre el particular
Objetivos en la Ley
Armonizar y establecer las
reglas con las que los
municipios promuevan el
ordenamiento de su territorio
Función Pública
El ordenamiento del territorio
constituye en su conjunto
una funciÛn p˙blica, para el
cumplimiento de la
infraestructura, usos del
suelo, calidad de vida y
seguridad de los habitantes.
Politicas y estrategias de largo plazo
Son propósitos, medios y
formas de concretar los
objetivos
Tipo
1. Planes de ordenamiento territorial
1oo.000 Habitantes
2. Planes básicos de ordenamiento territorial
Entre 30 y 100.000 Habitantes
3. Esquemas de ordenamiento territorial
Menos de 30.000 Habitantes
Componentes
Uso del suelo
Comunicación urbana o rural
Medio ambiente
Identificación de zonas de alto riesgo
Clasificación del suelo urbano, rural y expansión urbana
Componente Urbano
Se refiere a la administración
del suelo urbano y de
expansión urbana.
Componente Rural
Garantiza la adecuada interacción
entre los asentamientos rural y su
cabecera municipal, usos del suelo ,
infraestructura y equipamiento
básico.