LOS VEHÍCULOS DE CARGA UNIDOS CON LA
SEGURIDAD VIAL
De tránsito
Velocidad máxima de 80
km/h, o la que se
indique en el
señalamiento, cuando
ésta sea menor.
Circular confinado al carril de
la extrema derecha, excepto en
rebase.
Circular con un mínimo de 100 m de
separación respecto de otros
vehículos pesados que les aplique
la presente Norma.
Así como conservar,
respecto del que va
adelante, la distancia de
seguridad que le garantice
su detención oportuna,
tomando en cuenta la
velocidad, el estado del
camino, las condiciones
climáticas y las del propio
vehículo, conforme al
Reglamento
correspondiente.
Luces encendidas
permanentemente
De control para la empresa
Contrato privado y/o carta de porte entre el
usuario y el transportista, cuando se trate de
transportaciones de carro por entero donde las
partes acepten la responsabilidad solidaria, a
efecto de precisar la responsabilidad de cada
uno de ellos en el cumplimiento de la
normatividad, dejando claramente establecido
en este contrato y/o en la carta de porte la ruta
asignada, la carga y el peso bruto vehicular.
Del conductor
Uso de bitácora de horas de servicio
Conductores con capacitación,
experiencia y licencia específica, la
cual debe ser otorgada aprobando un
examen específico.
Dimensiones máximas para circular.
Peso conforme al Artículo 21 del Reglamento
sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de
los Vehículos de Autotransporte que
Transitan en los Caminos y Puentes de
Jurisdicción Federal. Para