LA EMPRESA

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CLASIFICACIÓN
Jenny Guerrero
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Jenny Guerrero
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LA EMPRESA
  1. SEGÚN EL SECTOR DE ACTIVIDAD
    1. EMPRESA DEL SECTOR PRIMARIO
      1. EMPRESA DEL SECTOR SECUNDARIO O INDUSTRIAL
        1. EMPRESA DEL SECTOR TERCIARIO O DE SERVICIOS
        2. SEGÚN EL TAMAÑO
          1. GRANDES EMPRESAS
            1. MEDIANAS EMPRESAS
              1. MAYOR O IGUAL A 51 Y MENOR O IGUAL A 200
              2. PEQUEÑAS EMPRESAS
                1. MAYOR O IGUAL A 11 Y MENOR O IGUAL A 50
                2. MICROEMPRESAS
                  1. MENOR O IGUAL A 10
                3. SEGÚN LA ORIENTACIÓN
                  1. SERVICIOS
                    1. MANUFACTURA
                      1. COMERCIAL
                      2. SEGÚN LA PROPIEDAD DEL CAPITAL
                        1. EMPRESA MIXTA
                          1. EMPRESA PÚBLICA
                            1. EMPRESA PRIVADA
                            2. SEGÚN EL ÁMBITO DE ACTIVIDAD
                              1. EMPRESAS LOCALES
                                1. EMPRESAS REGIONALES
                                  1. EMPRESAS NACIONALES
                                    1. EMPRESAS MULTINACIONALES
                                      1. EMPRESAS PROVINCIALES
                                      2. FORMA JURÍDICA
                                        1. SOCIEDAD COLECTIVA
                                          1. MÍNIMO DOS SOCIOS Y MÁXIMO ILIMITADO
                                            1. SERÁ OBLIGATORIO TENER REVISOR FISCAL SI LOS ACTIVOS BRUTOS SON IGUALES O MAYORES A 5000 SALARIOS MÍNIMOS O SI LOS INGRESOS BRUTOS SON IGUALES O SUPERIORES A 3000 SALARIOS MÍNIMOS
                                              1. LAS CAUSALES DE DISOLUCIÓN SE ENCUENTRAN CONTEMPLADAS EN EL ART. 319 DEL CÓDIGO DE COMERCIO
                                              2. SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS S.A.S.
                                                1. EN EL DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN SE FIJARÁ EN CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO Y PAGADO, EL PLAZO PARA EL PAGO NO EXCEDERÁ 2 AÑOS
                                                  1. PODRÁ CONSTITUIRSE CON UNA O VARIAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS
                                                    1. SE DISOLVERÁ CUANDO OCURRAN PERDIDAS QUE REDUZCAN EL CAPITAL A MENOS DEL 50% O CUANDO EL 95% O MAS DE LAS ACCIONES SUSCRITAS LLEGUEN A PERTENECER A UN SOLO ACCIONISTA
                                                      1. ESTÁ OBLIGADO A TENER REVISOR FISCAL
                                                      2. SOCIEDAD ANÓNIMA S.A.
                                                        1. EL CAPITAL SERÁ SUMINISTRADO EN UN FONDO SOCIAL
                                                          1. DEBERÁ SUSCRIBIRSE NO MENOS DEL 50% DEL CAPITAL AUTORIZADO
                                                          2. POR SER COMPAÑÍA POR ACCIONES, ESTÁ OBLIGADA A TENER REVISOR FISCAL
                                                            1. SE DISOLVERÁ CUANDO OCURRAN PERDIDAS QUE REDUZCAN EL CAPITAL A MENOS DEL 50% O CUANDO EL 95% O MAS DE LAS ACCIONES SUSCRITAS LLEGUEN A PERTENECER A UN SOLO ACCIONISTA
                                                              1. NO PODRÁ CONSTITUIRSE CON MENOS DE CINCO ACCIONISTAS
                                                              2. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA LTDA.
                                                                1. EL CAPITAL SOCIAL ESTÁ DIVIDIDO EN CUOTAS DE IGUAL VALOR, Y SE PAGARÁ ÍNTEGRAMENTE AL CONSTITUIRSE LA COMPAÑÍA
                                                                  1. MÍNIMO DOS SOCIOS MÁXIMO VEINTICINCO
                                                                    1. ESTÁN OBLIGADOS A TENER REVISOR FISCAL SOLO SI REÚNEN LAS CONDICIONES ESTIPULADAS EN EL ART. 13 PARÁGRAFO 2, DE LA LEY 43 DE 1990
                                                                      1. SE DISOLVERÁ CUANDO OCURRAN PERDIDAS QUE REDUZCAN EL CAPITAL A MENOS DEL 50% O CUANDO EL NÚMERO DE SOCIOS EXCEDA DE 25
                                                                      2. COMANDITAS S en C S.C.A.
                                                                        1. CAPITAL SUSCRITO REPRESENTADO EN TÍTULOS DE IGUAL VALOR
                                                                          1. MÍNIMO UN GESTOR O COLECTIVO Y CINCO COMANDITARIOS O ACCIONISTAS
                                                                            1. OBLIGADO A TENER REVISOR FISCAL
                                                                              1. SE DISOLVERÁ CUANDO OCURRAN PERDIDAS QUE REDUZCAN EL PATRIMONIO A MENOS DEL 50% DEL CAPITAL SUSCRITO
                                                                                1. LA LIQUIDACIÓN PRIVADA SE HARÁ POR UNO O VARIOS LIQUIDADORES.
                                                                                  1. LOS COMANDITARIOS TIENEN RESPONSABILIDAD LIMITADA AL MONTO DE SUS RESPECTIVOS APORTES
                                                                                2. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
                                                                                  1. SE FORMARÁ CON LOS APORTES DE LOS SOCIOS EN CUOTAS SOCIALES DE IGUAL VALOR
                                                                                    1. SERÁ OBLIGATORIO TENER REVISOR FISCAL SI LOS ACTIVOS BRUTOS SON IGUALES O MAYORES A 5000 SALARIOS MÍNIMOS O SI LOS INGRESOS BRUTOS SON IGUALES O SUPERIORES A 3000 SALARIOS MÍNIMOS
                                                                                      1. MÍNIMO DOS SOCIOS Y LA CANTIDAD MÁXIMA ES ILIMITADA
                                                                                        1. LA DISOLUCIÓN SE DARÁ SI SE PRESENTA UNA PERDIDA QUE REDUZCA SU CAPITAL A LA TERCERA PARTE O MENOS
                                                                                      Show full summary Hide full summary

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                                                                                      maya velasquez
                                                                                      Constitución Española 1978. Principios Generales.
                                                                                      Patrícia Sánchez
                                                                                      Estructura de la Constitución Española de 1978
                                                                                      Joaquín García Venegas
                                                                                      El sustantivo
                                                                                      Cecilia Fracuelli
                                                                                      LA ACCIÓN DE TUTELA EN EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO
                                                                                      juli_franco98
                                                                                      Las fuentes del Derecho
                                                                                      mitsuki kuromo
                                                                                      CLASIFICACIÓN DE LA QUIMICA
                                                                                      NATALI GUSQUI
                                                                                      Constitución Española 1978. Principios Generales.
                                                                                      inmamerchante