Trabajo en día de descanso semanal
obligatorio (domical) y en días feriados
Remuneración del día de descanso
semanal y del día feriado
Derecho a 24 h. continúas
Reciben 10% y bonificación por movilidad (4 pasajes) si
trabajan en: año nuevo. Jueves y viernes santo, día del
trabajador, san pedro y san pablo, fiestas patrias, santa rosa
de lima, combate de Angamos, todo los santos, inmaculada
concepción y navidad.
Feriado no laborable: Día del trabajador de
Construcción civil
25 de octubre de cada año
Trabajo en jornada nocturna
En el régimen general común: 10:00
p.m. – 6:00 a.m.
En el régimen laboral especial: 11:00 p.m.
– 6:00 a.m.
Trabajo en sobretiempo
En horario partido
En caso que se trabaje en 2 medias jornadas se
le pagaran el 100% de esas 2 horas de labor.
Hasta la décima hora de la jornada y
hasta las 11:00 p.m.
Si no supera las 10horas incluyendo la jornada ordinaria
diaria, antes de las 11:00 p.m. se remunera el 60% el
valor sobre la hora ordinaria
Luego de la décima hora de la jornada y hasta
las 11:00 p.m.
Si supera las 10 horas incluida la jornada ordinal diaria, antes
de las 11:00 p.m. se remunerara con una sobretasa de 100%
sobre el valor ordinal.
Después de las 11:00 p.m.
La remuneración será fija y
convencional entre las partes.
Forma de pago de las remuneraciones
Al terminar cada jornada semanal de trabajador reciben su pago, los
trabajadores sobre membretados el pago se iniciara una hora
después de terminada la jornada semanal.
Reintegro de remuneraciones (INEI)
Es entre el 1 de junio de un año
hasta 31 de mayo del año
siguiente.
Beneficios sociales
CTS (indemnización por
tiempo de servicios)
Durante la presentación del servicio efectivo es el
15% del total de los jornales básicos. Donde el 3% es
a utilidades.
Vacaciones
Vacaciones truncas el 10% de todos los jornales básicos
que hubiera por los días efectivos de trabajo y por los
descansos médicos hasta 60 días al año. Pero si es
despedido después de 6 días de labor efectiva tiene
derecho a todo los salarios ganados en los días
laborados, si renuncia voluntariamente tendrá derecho al
10% si renuncia a 18 días después de labor efectiva, y si
le despiden o renuncia justo cuando hace efectiva su
labor del trabajador tiene derecho a su compensación y 2
jornales.
Gratificaciones
Gratificaciones de Fiestas
Patrias
40 jornales básicos se paga 1/5 jornales
del mes calendario de agosto a
diciembre
Gratificaciones de navidad
40 jornales básicos se paga 1/7
jornales del mes de agosto a
diciembre
Garantías para el pago de los
beneficios sociales
Responsabilidad solidaria
Materia laboral
Materia de seguridad
Materia de seguro complementario
de trabajo de riesgo
Materia de seguridad y
salud en el trabajo
Carta fianza
La empresa contratista o subcontratista no es
obligado para otorgar fianza para el cumplimiento de
las obligaciones laborales
Entrega del certificado de trabajo
Los empleadores deben entregar al obrero cuando cese en el
trabajo de acuerdo la ocupación que desempeñe.