Toda detención supone la privación de libertad de una persona
No se detendrá por faltas, salvo que lo determine la autoridad judicial
La detención de una persona deberá ajustarse a la forma y plazos
establecidos en los preceptos legales
Cualquier privación de libertad deambulatoria distinta a la pena de prisión o de prisión
preventiva será constituida de detención
No existen zonas intermedias entre a libertad y la detención
Detención del personal militar
Ninguna persona podrá ser detenida sino en los casos y
formas previstos en la Ley
La detención de cualquier persona podrá acordarse por el Juez Togado
La detención de un militar se efectuará conforme dispoe el
ordenamiento común para la detención y en especial si es por
flagrante delito
Quien practique la detención sin acudir a los jefes del militar
detenido, dará cuenta inmediata a estos
Detención de personal civil
Requerirá la presencia de las FCSE para que se hagan
cargo del detenido
Ejecución de la detención
La detención durará el tiempo estrictamente
necesario para la averiguación del delito,
debiendo poner al detenido en libertad o a
disposición del juez en el límite máximo de 72
horas siguientes al acto de detención
Para la detención de personas relacionadas con bandas
armadas terroristas, podrá prolongarse por un plazo de
otras 48 oras
Se le informará de los derechos del detenido de forma
inmediata y comprensible
Marco legal de la detención
Ningún español ni extranjero podrá ser
detenido sino en los casos que las leyes
prescriban
Detención de menores
Una persona menor de 14 años no es responsable
criminalmente
En caso de tener dudas sobre la edad, después de la
comunicación inmediata ante el juez de instrucción,
este solicitará el reconocimiento forense y si fuera
necesario, una prueba radiológica de la muñeca
Si el menor estuviese en situación de
desamparo, la competencia para solicitar la
prueba es del juez de menores
Procedimiento en la detención de un menor
La PM que intervenga en la detención de un menor deberá practicarla
de la forma que menos perjudique a este y estará obligado a
informarle, en un lenguaje claro y comprensible y de forma inmediata,
de los hechos que se le imputan, de las razones de su detención y de los
derechos que le asisten
Detención de extrangeros
Se consideran extranjeros, a los efectos de la
Ley de Extranjería, a los que carezcan de la
nacionalidad española
Las diferentes situaciones de los extranjeros en España podrán
acreditarse, según corresponda, mediante el pasaporte o documento
en vigor de viaje que acredite su identidad, visado o tarjeta de
identidad de extranjero
Cuando los infractores realicen conductas tipificadas
como muy graves, o conductas graves, podrá
aplicarse en lugar de la sanción de multa, la expulsión
del territorio español, previa tramitación del
correspondiente expediente administrativo