LEGÍTIMA DEFENSA Y
EJERCICIO LEGÍTIMO DE
OFICIO O CARGO
La legítima defensa es una causa que excluye la antijuridicidad.
Características legítima de la defensa
Primero
Agresión ilegítima. en caso de defender bienes o en caso de la defensa de la morada.
Segundo
Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
Tercero
Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
El artículo 20.7 del C.P dice que estará exento de responsabilidad criminal " El que obre en
cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo".
Deber de actuar. Se recoge en el articulo 450 del C.P " El que pudiera hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no
impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad, salud, libertad o libertad sexual, será castigado".
Ejercicio del deber de utilizar la fuerza, para
que este uso de la fuerza quede amparado
por causa de justificación, se requiere:
Que el sujeto tiene que hallarse cumpliendo con su cargo, en el ejercicio de las funciones.
Tiene que ser necesario el uso de la fuerza.
Que la fuerza que se ejercita sea proporcional al hecho.