Su objetivo es garantizar los derechos de la comunidad
para obtener una calidad de vida acorde con la
dignidad humana
PRINCIPIOS
Eficiencia
Universalidad
Solidaridad
Integralidad
Unidad
Participación
PROTECCIÓN A LA
MATERNIDAD
Durante el embarazo y después del parto la mujer
goza de especial protección y asistencia del Estado
TIEMPO PARA AMAMANTAR
Dos descansos de treinta
minutos cada uno,
durante los primeros 6
meses
PROHIBICIONES Y PERMISOS
PARA DESPEDIR
Ninguna trabajadora podrá ser despedida por
motivo de embarazo o lactancia, sin la
autorización previa del ministerio de trabajo que
avale una justa causa
Para poder despedir a una trabajadora en
embarazo , el empleador necesita la autorización
del Inspector del Trabajo, o del Alcalde Municipal
en los lugares en donde no existiere aquel
funcionario
TRABAJO PROHIBIDO PARA LAS MUJERES
No pueden desempeñar trabajos industriales
nocturnos.
Trabajos subterráneos en las minas
Efectuar tareas peligrosas, insalubres o que
requieran grandes esfuerzos
SISTEMA GENERAL DE PENSIONES
(SGP)
Garantiza a la población amparo contra
contingencias derivadas de: vejez, invalidez
y muerte
REGIMEN SOLIDARIO DE PRIMA MEDIA (RPM)
Administrado por
COLPENSIONES
Los aportes van a un fondo común, luego se
distribuye entre los afiliados
El afiliado no puede participar ni tomar
decisiones sobre sus aportes
Si el afiliado cotiza más semanas del tope previsto, estas no le
serán tenidas en cuenta
La pensión se obtiene al cumplir con la edad y
semanas establecidas por el gobierno
Solo existe una modalidad: Renta
Vitalicia.
No se heredan saldos por ser un fondo
común
¿CÓMO SE LIQUIDA?
1. Determinar el IBL,se
promedia de los últimos
10 años cotizados
2. aplicar la formula: R
= 65.5 - 0.50 S
R =Tasa de reemplazo
S=Número de salarios
mínimos vigentes.
REQUISITOS PARA PENSIONARSE
Mujer tener 57 años
Hombre tener 62 años
Cotizar un mínimo de 1.300 semanas.
La pensión no puede ser inferior a 1 SMLMV ni superior a 25 SMLMV.
REGIMEN DE AHORRO
INDIVIDUAL SOLIDARIO (RAIS)
administrado por las administradoras de fondos de
pensiones (AFP) ej: colfondos
El afiliado puede administrar y tomar
desiciones sobre sus aportes
Se pueden hacer aportes adicionales para
aumentar la mesada pensional
Los saldos de la cuenta son heredables hasta en 5
grado de consanguinidad
La pensión se calcula en base al ahorro
individual que haya acumulado el afiliado más
los rendimiento
Si el afiliado logra pensionarse con el máximo establecido por
la ley, y le sobra capital, la AFP le devolverá el sobrante
¿CÓMO SE
LIQUIDA?
En base al ahorro individual que
haya acumulado el afiliado más los
rendimientos que dichos ahorros
hayan generado
REQUISITOS PARA PENSIONARSE
No hay un mínimo de semanas
requeridas ni condición de edad para
obtener la pensión
Lo importante es que el capital de la
CAI financie una pensión, por lo
menos, del 110% del SMLV .
No hay límite en el monto máximo, porque este
dependerá del ahorro y de los rendimientos
obtenidos
RÉGIMEN TRANSITORIO PENSIONAL
permite a las personas pensionarse en el futuro con las reglas y
requisitos del pasado,
aplica únicamente a quienes estén afiliados al régimen de prima media
SE PIERDE EN LOS SIGUIENTES
CASOS
haberse trasladado a un fondo
privado de transición
no haber cumplido requisitos
de tiempo y edad en las
fechas indicadas
PENSIONES ESPECIALES
PENSIÓN SANCIÓN
El empleador debe asumir la
pensión del trabajador que no
haya sido afiliado al sistema de
pensiones y que se despida sin
justa causa
Se liquida con base en el promedio
devengado en los últimos diez años
de servicios.
REQUISITOS
55 años de edad para
hombre 50 años de edad para
mujer
El trabajador debe haber
laborado con el empleador 10
años o más, y menos de 15
años.
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES
pensión a la que
tienen derecho los
familiares que le
sobreviven al
pensionado o cotizante
fallecido.
BENEFICIARIOS
Cónyuge o compañero(a) permanente
hijos menores de 18
años
hijos entre 18 y 25 años que estudien y sean
dependientes económicamente del fallecido
hijos de cualquier edad inválidos o discapacitados dependientes económicamente del fallecido
padres del fallecido a falta de los anteriores beneficiarios, que dependieran económicamente de este
hermanos inválidos a falta de todos los anteriores beneficiarios, que dependieran económicamente del
fallecido.
PENSIÓN DE INVALIDEZ
no podrá ser superior al 75% del
IBL ni inferior al salario mínimo
legal mensual vigente.
Se da cuando por causa de una enfermedad o
accidente no profesional, se pierde el 50% o
más de la capacidad laboral.
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
Es el medio por el cual el estado garantiza la prestación
de servicios de salud a los colombianos.
REGIMEN SUBSIDIADO
Acoge a aquellas
personas que no
pueden pagar su
afiliación a la salud.
REGIMEN CONTRIBUTIVO
Es el sistema que recoge a los
trabajadores que aportan una porción
de su salario para tener cobertura en
salud para ellos y sus familias
PARTICIPANTES VINCULADOS
personas que no tienen la capacidad de pago para
afiliarse al RCy mientras logra afiliarse al RS, tiene
derecho a los servicios de atención en Salud en
(IPS) Públicas y Privadas contratadas por la
Secretaría Distrital de Salud
DEBERES DEL
EMPLEADOR
Procurar el cuidado integral de los trabajadores
Informar a la ARP las novedades
del personal.
Informar a los trabajadores y a
las EPS donde estén afiliados sus
trabajadores, la ARP escogida.
Trasladar el monto de las
cotizaciones a la Administradora
de Riesgos Profesionales -ARP-
correspondiente dentro de los
plazos indicados
DEBERES DE LOS AFILIADOS Y BENEFICIARIOS
Procurar el cuidado integral de su salud
afiliarse con su familia al
SGSSS
Realizar el pago correspondiente
suministrar información veraz sobre su estado de
salud y de los ingresos
cuidar los recursos e instalaciones
tratar con dignidad al personal humano
cumplir las normas e instrucciones de las
entidades que le prestan el servicio de
salud
GRUPO FAMILIAR QUE SE PUEDE AFILIAR A SALUD
Todo cotizante del SGSSS tiene derecho a afiliar como
beneficiarios, sin ningún costo, a los integrantes de su
núcleo familia
Cónyuge o compañero/compañera
permanente.
Hijos, padres o parientes hasta tercer
grado de consanguinidad.
Hijo adoptivo
Hijos mayores de 25 años con incapacidad permanente.
Menores en custodia legal.
Padres del cotizante que no estén pensionados y dependan
económicamente de éste, cuando no exista cónyuge o
compañero(a) permanente.
RIESGOS PROFESIONALES Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO
ACCIDENTE DE
TRABAJO
Suceso repentino que sobrevenga
por causa del trabajo, aún fuera del
lugar y horas laborales, y produzca
en el trabajador una lesión
orgánica, una perturbación
funcional o psiquiátrica, una
invalidez o la muerte.
ENFERMEDAD PROFESIONAL
Estado patológico que sobrevenga
como consecuencia de la clase de
trabajo que desempeña el
trabajador o del medio en que se
ha visto obligado a trabajar, bien
sea determinado por agentes
físicos, químicos o biológicos
ARL
Entidades encargadas de prevenir, proteger y
atender a los trabajadores contra todo riesgos
Laboral que se presente como consecuencia del
trabajo
PRESTACIONES MEDICAS
Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica y farmacéutica.
Servicios de hospitalización, y odontológico
Suministro de
medicamentos.
Prótesis y órtesis, su reparación y reposición sólo en casos de
deterioro o desadaptación
Rehabilitación física y profesional.
PRESTACIONES ECONÓMICAS
Subsidio por incapacidad temporal
Indemnización por incapacidad permanente o parcial.
Pensión de
invalidez.
Pensión de
sobrevivientes.
Auxilio
funerario.
PARAFISCALES
SENA
El aporte que realiza
la empresa del 2%
por cada trabajador
Brinda educación técnica
y tecnológica gratuita a
los colombianos, con el fin
de formarlos en diversas
áreas
ICBF
Brinda diferentes programas de atención
integral para niños y adolescentes
Aporte por cada empleado: 3%
CAJA DE
COMPENSACIÓN
Entidades privadas sin
ánimo de lucro, creadas
con el fin de mejorar la
calidad de vida de los
trabajadores y sus familias.
El aporte por cada empleado
debe ser del 4%,
independientemente del tipo
de contrato de trabajo.
Contribución obligatoria que
algunas empresas y empleador
deben realizar a