Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter Personal
(LOPD)
OBJETIVO PRINCIPAL
“… garantizar y proteger, en lo que
concierne al tratamiento de los datos
personales, las libertades públicas y los
derechos fundamentales de las
personas físicas, y Objetivo principal
especialmente de su honor e intimidad
personal y familiar.” (artículo 1, LOPD)
L.O.P.D
Regula el tratamiento de los datos y ficheros, de carácter
personal, independientemente del soporte en el cual sean
tratados, los derechos de los ciudadanos sobre ellos y las
obligaciones de aquellos que los crean o tratan
Art. 14 - Derecho de consulta al Registro General de
Protección de Datos
Derecho de acceso
Derecho de rectificación
Derecho de cancelación
Derecho de oposición
DISPOSICIONES SECTORIALES
ARTÍCULOS 20-32
Movimiento Internacional de datos
Artículo 33 y 34
Agencia de Protección de datos
Artículo 35-42
La Agencia Española de Protección de Datos es un ente de derecho público, con personalidad
jurídica propia y plena capacidad pública y privada, que actúa con plena independencia de las
Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones. Se regirá por lo dispuesto en la
presente Ley y en un Estatuto propio, que será aprobado por el Gobierno. (art. 35.1, LOPD)
Infracciones y Sanciones
Artículo 43-49
MUY GRAVES
300.506,06 a 601.012,10€
GRAVES
60.101,22 a 300.506,05€
LEVES
601,01 a 60.101,21€
Sector Público
No conlleva sanciones económicas
SECTOR PRIVADO
DISPOSICIONES GENERALES
Datos de carácter
personal registrados
en soporte físico
Aplicable la legislación española
En territorio español
Medios usados se encuentran en España
ficheros de: régimen
electoral, datos
estadísticos, Registro
civil, audio/vídeo
Regulados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
DCP
toda información sobre una
persona identificada o identificable
(…) se considerará identificable
toda persona, directa o
indirectamente, en particular
mediante un número de
identificación o uno o varios
elementos específicos,
característicos de su identidad
física, fisiológica, psíquica,
económica, cultural o social”
NIVEL ALTO DE SEGURIDAD
NIVELES DE SEGURIDAD
ALTO
MEDIO
BAJO
EN TODO TRATAMIENTO DE DATOS, HAY 3 FIGURAS:
TITULAR DE LOS DATOS
Sólo puede ser una persona física
Es el único que pueda
consentir el
tratamiento de los
datos, excepto <14
años o impedido
EL RESPONSABLE DEL FICHERO
persona física o jurídica, de naturaleza
pública o privada, u órgano administrativo,
que decida sobre la finalidad, contenido y
uso del tratamiento
ÁMBITO PRIVADO
Titular
ÁMBITO PÚBLICO
Persona Jurídica
Es siempre el que decide sobre el uso de los datos personales