Art. 80. “El Supremo Poder
Ejecutivo de la Unión está
depositado en un solo
individuo, el cual se conoce
como “Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos”
Art. 82. Requerimientos
1. Ser mexicano por nacimiento,
hijo de padre o madre mexicanos y
con 20 años de residencia.
2. 35 años cumplidos.
3. Residencia durante el año
anterior a la elección.
4. No pertenecer a ningún culto o
iglesia.
5. No estar en servicio militar 6
meses antes de la elección.
6. No ser secretario o
subsecretario de Estado, Fiscal,
Gobernador, ni Jefe de Gobierno 6
meses antes de la elección.
7. No estar incapacitado por lo
que establece el artículo 83.
Art.83. El ciudadano que ya haya
sido Presidente no podrá volver
a ocupar el puesto.
Elección
Art. 81. "Su elección es mediante
el voto directo y de acuerdo a lo
que disponga la ley electoral"
Ejercicio
Art. 83. "El presidente entrará a
ejercer su encargo el 1ro de
octubre y durará en él seis años"
Ausencia
Art. 88. Hasta por siete días, informando a la
Cámara de Senadores o a la Comisión
Permanente y presentando resultados.
Ausencias mayores a siete días requiere el
permiso de tales instancias.
Renuncia
Art.86. Solo por causa grave calificada por
el Congreso de la Unión.
Art. 87. Toma de posesión y
presentación de protesta
Facultades (Ver imagen adjunta)
Facultades del Poder Ejecutivo
Sustitutos
Falta absoluta
Art. 84. Secretario de Gobernación
asumen el cargo en tanto el Senado
nombra un interino en un plazo de 60 días.
Elección inválida o
no realizada
Art. 85. Presidente interino designado
por el congreso
Antes de tomar
posesión
Art. 85. Asume el cargo el presidente del
Senado en tanto el Congreso designa un
interino
Licencia hasta
por 60 días
Art. 85. Secretario de Gobernación
asume provisionalmente
Administración
Pública Federal
Caracterísiticas
Art. 90. Será centralizada y paraestatal. Se
ocupará de los negocios de orden
administrativo de la Federación. Definirá las
bases para la creación de entidades
paraestatales y la intervención del Ejecutivo.
Integrantes
Consejero Jurídico de Gobierno
Secretarías de Estado
Requerimientos (Art. 91)
1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento
2. Estar en ejercicio de sus derechos
3. 30 años cumplidos
Rendición de cuentas (Art. 93.)
Los Secretarios de Despacho, luego que
éste abierto el periodo de sesiones
ordinarias, darán cuenta al Congreso del
estado que guarden sus respectivos ramos
Presidente de la República
Art. 92. Todos los reglamentos, decretos,
acuerdos y órdenes del Presidente deberán
estar firmados por el Secretario de Estado