En la Constitución Política del Ecuador promulgada en el 2008, en el Art. 405, establece que el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el
mantenimiento de las funciones ecológicas, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado,
quien asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y
fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado
ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión.
Las áreas protegidas han sido reconocidas mundialmente como la principal estrategia para la
conservación de la biodiversidad. Al mismo tiempo, las áreas protegidas contribuyen al bienestar
humano y a la reducción de la pobreza, puesto que ayudan a conservar los recursos naturales y a
mantener los servicios ambientales que sustentan la vida de millones de personas.
OBJETIVO: Apoyar la creación y consolidación de áreas protegidas y corredores de conservación , que
aseguren el mantenimiento de los procesos ecológicos y servicios ambientales y faciliten la adaptación
al cambio climático.
IMPORTANCIA PARA LA CONSERVACIÓN Y EL BIENESTAR HUMANO: Las áreas protegidas no solo
contribuyen a conservar ecosistemas, especies y diversidad genética sino que también proporcionan
múltiples servicios ambientales para las poblaciones rurales y urbanas, tales como: protección y regulación
de recursos hídricos, regulación del clima, protección de los suelos, prevención de desastres naturales,
belleza paisajística y provisión de atractivos naturales