Relación estatutaria con
Administración de carácter
permanente
Les corresponden participación directa o indirecta en el ejercicio de potestades públicas o en la
salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones públicas
FUNCIONARIOS INTERINOS
Nombrados como tales por razones de urgencia y
necesidad para desempeñar labores de funcionarios
de carrera
Su cese se dará cuando no existan las causas de su
nombramiento
Les será aplicable el régimen general de los funcionarios de carrera
PERSONAL LABORAL
Presta servicios retribuidos a la Administración mediante contrato
laboral en las modalidades previstas en la legislación laboral
PERSONAL EVENTUAL
Nombramiento con carácter no permanente
Realiza funciones expresamente calificadas
como de confianza o asesoramiento especial
Su nombramiento y cese serán libres
Les será aplicable el régimen gral. de los funcionarios de carrera
PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL
Realiza funciones directivas profesionales para la Administración