Tratados Internacionales y Protección de Derechos Humanos

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Organizador gráfico de tratados internacionales suscritos por el Ecuador Realizado por Mario Andrés López - Estudiante de la Universidad Técnica del Norte
Mario Andrés  Lopez Guevara
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Mario Andrés  Lopez Guevara
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Tratados Internacionales y Protección de Derechos Humanos
  1. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que los Estados deben respetar. Al pasar a ser partes en los tratados internacionales, los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos.
    1. Convención Americana de Derechos Humanos "Pacto de San Jóse"
      1. El Ecuador está obligado por la Convención Americana de Derechos Humanos, conocida como el “Pacto de San José”, que es uno de los instrumentos más importantes en materia de derechos fundamentales. Las principales aportaciones jurídicas fueron la protección del derecho a la vida y la abolición de la pena de muerte como forma de castigo y los órganos judiciales del Pacto de San José entraron en vigor en 1978 cuando el conjunto de las naciones de Iberoamérica se sumaron los acuerdos de 1969. De esta manera, se fundó la Corte Interamericana de DDHH, cuya sede también se encuentra en la capital de Costa Rica.
      2. La Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
        1. Ecuador es signatario de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes de Naciones Unidas desde febrero de 1985, y la ratificó en marzo de 1988, obligándose a tomar medidas legislativas, administrativas, judiciales o de otra índole para impedir los actos de tortura en su territorio. Este compromiso establece que en ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales, tales como estado o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública, ni tampoco la orden de un superior o de una autoridad pública como justificación para el cometimiento de un acto de tortura.
        2. La Convención sobre los Derechos del Niño
          1. Para nuestro país, la Convención sobre los Derechos del Niño significó avanzar en la normativa específica para la garantía y protección de sus derechos; el Código de la Niñez y Adolescencia permitió impulsar la creación de un sistema especializado de protección. Así mismo, la Constitución del Ecuador -promulgada en el 2008- reconoció los derechos específicos de los niños, niñas y adolescentes, destacando que sus derechos prevalecen por sobre los de los demás.
          2. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
            1. Este pacto fue adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigor el 23 de marzo de 1976. En mayo de 2012 la Convención había sido ratificado por 167 estados. El pacto desarrolla los derechos civiles y políticos y las libertades recogidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Bajo el artículo 1 del Pacto, los estados se comprometen a promover el derecho a la autodeterminación y a respetar ese derecho. También reconoce los derechos de los pueblos a disponer, comerciar y poseer libremente sus recursos y riquezas naturales.
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