Establece los criterios para ingreso.
Promueve el "acompañamiento". Evalúa la
calidad requerida para el perfil del
desempeño y resultados. Propicia la
coordinación con las autoridades. Faculta al
Legislador Federal para expedir las normas
para asegurar el cumplimiento de los fines
de la educación.
Regulación cultural
SEP
Regulación educativa
Trabajadores,
derechos de
escalafón por
conocimiento,
aptitud y
antigüedad,
suspensiones por
causa justificada en
términos de ley,
permanencia
garantizada en el
servicio, evaluación
(único organismo
con autoridad)
La propuesta da fundamento para establecer en la legislación secundaria de reglas y
procedimientos obligatorios, de carácter Nacional, confiables y de validez general para
ingreso, promoción, permanencia y evaluación en el sistema educativo.
1. "Preveé lo esencial para conferirle la jerarquía que le corresponde" como Instituto con la máxima autoridad de
un órgano de gobierno. 2. Propuesta para elevar a rango constitucional la autonomía del INEE. 3. Constituir al
INEE en entidad que fije directrices que las autoridades acaten para elaborar políticas educativas. 4. Establece
que el federalismo es la forma de organización idónea determinada para el funcionamiento del sistema
educativo.
Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 3ª fracciones III, VII y VIII y el
artículo 73, fraccione XXV, adicionando una fracción IX.
Artículo 3ª , fracción III. El ingreso al servicio docente y la
promoción se llevará a cabo mediante concursos de
oposición. La Ley de este artículo fijará los términos para el
ingreso, promoción, reconocimiento y permanencia.
Nulificando ingresos y promociones no otorgadas
conforme a la Ley
Artículo 3ª, fracción VII. Las universidades e
instituciones de educación superior con autonomía,
tendrán la facultad y responsabilidad de gobernarse
por sí mismas.
El Congreso de la Unión, la
Federación, Estados y Municipios
fijan aportaciones económicas.
El INEE será un organismo público autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio
que disea y realiza las mediciones del sistema, expide los lineamientos a los que se sujerarán
las autoridades educativas, federales y locales para evaluar y generará y difundirá información,
emitir directrices para la calidad educativa.
Artic. 3ª, fracc XXV. El INEE establecerá, organizará, sostendrá y legislará en toda la República sobre
escuelas rurales, elementales, superiores, secundarias y profesionales, en escuelas de
investigación científica, bellas artes, de enseñanza técnica, agricultura, minería, artes y oficios,
música, bibliotecas y observatorios. A Institutos concernientes a la cultura general, sobre los
vestigios o restos fósies, monumentos arqueológicos, artísticos e históricos. Así como leyes para
distribuir entre Federación, Estados y Municipios el ejercicio de la función
Se derogan todas aquella disposiciones que
contravengan el presente decreto
El gobierno federal designará 5 miembros para la junta de gobierno
(órgano de dirección del INEE), con aprobación de 2/3 partes de la
Cámara de Senadores en 30 días naturales (contando los recesos), si no
se pronuncia se ratifica la del ejecutivo. El presidente de la junta de
gobierno será designado por el Ejecutivo Federal.