NIA 620 - Utilización de un
trabajo del experto del
auditor
Alcance
Trata de las responsabilidades
que tiene el auditor respecto del
trabajo de una persona u
organización en un campo de
especialización distinto al de la
contabilidad o auditoría, cuando
dicho trabajo se utiliza para
facilitar al auditor la obtención de
evidencia de auditoría suficiente
y adecuada
Responsabilidad del auditor
El auditor es el único responsable
de la opinión de auditoría
expresada, y la utilización por el
auditor del trabajo de un experto
del auditor no reduce dicha
responsabilidad
Objetivos
(a) Determinar si se utiliza el
trabajo de un experto del
auditor
(b) En caso de utilizar el trabajo de
un experto del auditor,
determinar si dicho trabajo es
adecuado para los fines del
auditor
Definiciones
Experto del auditor: persona u organización
especializada en un campo distinto al de la
contabilidad o auditoría, cuyo trabajo en ese
campo se utiliza por el auditor para facilitarle
la obtención de evidencia de auditoría
suficiente y adecuada.
Especialización: cualificaciones,
conocimiento y experiencia en un campo
concreto
Experto de la dirección: persona u
organización especializada en un campo
distinto al de la contabilidad o auditoría,
cuyo trabajo en ese campo se utiliza por la
entidad para facilitar la preparación de los
estados financieros
Requerimientos
Determinación de la necesidad de un experto del auditor
Si para obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada fuera
necesaria una especialización en un campo distinto al de la contabilidad o
auditoría, el auditor determinará si debe utilizar el trabajo de un experto
del auditor
Competencia, capacidad y objetividad
del experto del auditor
Se evaluará si el experto del auditor tiene la competencia, la capacidad y
la objetividad necesarias para los fines del auditor. La evaluación de la
objetividad incluirá indagar sobre los intereses y las relaciones que
puedan suponer una amenaza para la objetividad de dicho experto en
caso sea externo
Obtención de conocimiento del campo de
especialización del experto del auditor
El auditor obtendrá conocimiento suficiente del campo de
especialización del experto del auditor, que le permita:
(a) determinar la naturaleza, el alcance y los objetivos del trabajo del
experto para los fines del auditor; y (b) evaluar la adecuación de dicho
trabajo para los fines del auditor.
Referencia al experto del auditor en el
informe de auditoría
En un informe de auditoría que contenga una opinión no modificada,
el auditor no hará referencia al trabajo del experto del auditor, salvo
que las disposiciones legales o reglamentarias lo requieran
Si el auditor hace referencia al trabajo del experto del auditor en el
informe de auditoría por ser tal mención relevante para la
comprensión de una opinión modificada
Acuerdo con el experto del auditor
Será por medio escrito y debe incluir:
La naturaleza, el alcance y los objetivos del
trabajo del experto, las funciones y
responsabilidades respectivas del auditor y
del experto, la naturaleza, el momento de
realización y la extensión de la comunicación
entre el auditor y el experto y la necesidad de
que el experto del auditor cumpla los
requerimientos de confidencialidad
Evaluación de la adecuación del trabajo del
experto del auditor
El auditor evaluará la adecuación del trabajo del experto
del auditor para los fines del auditor, incluido:
La relevancia y razonabilidad de los hallazgos o
conclusiones del experto, la relevancia y razonabilidad de
las hipótesis y métodos y relevancia, integridad y
exactitud de los datos fuente
Si el auditor determina que el trabajo del experto del
auditor no es adecuado para los fines del auditor
acordará un trabajo adicional que el experto deba
realizar y aplicará los procedimientos adecuados a las
circunstancias
Naturaleza, momento de realización y
extensión de los procedimientos de auditoría
Para determinar la naturaleza, momento de realización y
extensión de los procedimientos de auditoría se tendrá en
cuenta:
a) la naturaleza de la cuestión con la que está
relacionado el trabajo de dicho experto b) los riesgos de
incorrección material en la cuestión con la que se
relaciona el trabajo de dicho experto c) la
significatividad del trabajo de dicho experto en el
contexto de la auditoría d) el conocimiento y la
experiencia del auditor en relación con trabajos
realizados con anterioridad por dicho experto y e) si
dicho experto está sujeto a las políticas y
procedimientos de control de calidad de la firma de
auditoría