REGLAMENTO

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Mapa conceptual sobre el reglamento
Andrés Vásquez
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Andrés Vásquez
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REGLAMENTO
  1. Estatuto estudiantil
    1. Articulo Nº 027 Diciembre 23/1993
      1. TÍTULO l
        1. Definición,objetos y normas
          1. ARTÍCULO 1 El presente reglamento rige las relaciones de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas con sus estudiantes y regula las condiciones de ingreso, deberes, derechos, incentivos, evaluaciones, régimen disciplinario y retiro.
            1. ARTÍCULO 2. El objeto del presente estatuto es dotar a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas de un cuerpo reglamentario orgánico y sistemático que permita:
              1. a. Generar los espacios académicos para garantizar una gestión estudiantil fundamentada en los principios generales de las libertades de cátedra, de investigación y de aprendizaj;
                1. b. Formar egresados sobre la base de la permanencia, responsabilidad e igualdad de oportunidades en la Universidad Distrital Francisco José de Caldas;
                  1. c. Contribuir a elevar el nivel de calidad de los estudiantes en búsqueda permanente de la excelencia;
                    1. ch. Proyectar las actividades y servicios de la Universidad Distrital hacia la comunidad para contribuir al desarrollo y progreso del país;
                      1. d. Definir las condiciones para el desempeño de las actividades académicas del estudiante y los criterios para su evaluación
                        1. e. Establecer derechos y, deberes de los estudiantes de la Universidad Distrital
                          1. f. Garantizar la permanencia de los estudiantes de la Universidad Distrital sobre la base de los méritos y la productividad académicos
                            1. g. Definir las condiciones y procedimientos para la inscripción, evaluación, perm
                      2. ARTÍCULO 3. Las normas del presente reglamento se aplican en todas las situaciones académicas en que se encuentren los estudiantes de la Universidad Distrital.
                      3. TÍTULO ll
                        1. ESTUDIANTES
                          1. Esta definido por varios cápitulos
                            1. Capitulo 1: Definición
                              1. Artículo 4: Definición. Es estudiante de la Universidad Distrital la persona que posee matrícula vigente para un programa académico en ella y cuyo propósito es obtener, un título de pregrado o postgrado en la Universidad
                                1. Capitulo 2: Derechos y Deberes del estudiante
                                  1. Artículo 5: El estudiante tiene derecho a:
                                    1. a. Los que se deriven de la Constitución Política, las leyes, el estatuto general, el presente estatuto y demás normas de la Universidad Distrital;
                                      1. b. Exponer, discutir y examinar con toda libertad, las doctrinas, las ideas y los conocimientos dentro de los principios éticos y morales, con respeto a la opinión ajena y a la libertad de cátedra;
                                        1. c. Utilizar de conformidad con los reglamentos, los servicios de bienestar universitario, biblioteca, laboratorios y demás que ofrezca la Universidad;
                                          1. ch. Participar activa y responsablemente en el proceso de evaluación docente y de autoevaluación institucional;
                                            1. d. Recibir de los profesores en la primera semana de clases, el programa básico propuesto para las asignaturas que cursa.
                                              1. Artículo 6: Son deberes de los estudiantes
                                                1. a. Cumplir con la constitución política, las leyes, los estatutos, reglamentos y demás normas de la Universidad;
                                                  1. b. Respetar las opiniones y, criterios de los demás y permitir su libre expresión;
                                                    1. c. Participar en las actividades académicas y presentar las pruebas de evaluación correspondientes
                                                      1. ch. Preservar, cuidar y mantener en buen estado las instalaciones, materiales de enseñanzas, biblioteca, enseres y equipos de la Universidad, respondiendo por ellos y por los daños que cause a los mismos;
                                                        1. d. Respetar a directivas, condiscípulos, profesores, trabajadores y visitantes de la Universidad
                                                          1. e. Asumir de manera responsable los compromisos que adquiere como persona al haber elegido la Universidad Distrital como centro de formación para realizar sus estudios universitarios, tanto dentro como fuera de ella,
                                                            1. f. Participar responsablemente en el proceso de evaluación docente, y de autoevaluación institucional.
                          2. Título lll
                            1. Admisiones, inscripción, matrícula
                              1. Se define también por varios càpitulos entre ellos
                                1. Capitulo 1:
                                  1. Artículo 7: La admisión de estudiantes está condicionada a los resultados del examen de estado, del examen de admisión, demás pruebas establecidas y a la disponibilidad de cupos que para cada período y programa académico haya determinado el consejo académico.
                                    1. Artículo 8. Los aspirantes a estudiantes deben efectuar su inscripción en la oficina de admisiones y registro en las fechas estipuladas en el calendario académico de la Universidad Distrital.
                                      1. Artículo 9. Los aspirantes a estudiantes presentan el examen de admisión en las fechas y horas previstas en el calendario académico.
                                        1. Artículo 10 La Universidad no reserva cupo para el estudiante admitido que no se matricule en el período académico para el cual fue aceptado, salvo los casos determinados por ley.
                                          1. Artículo 11 Se encuentra inhabilitado para ingresar como estudiante de pregrado a la Universidad Distrital
                                  2. Capitulo 2:
                                    1. Matrícula
                                      1. Artículo 12: La matrícula es el acto oficial mediante el cual la persona se incorpora a la Universidad Distrital y se adscribe a un programa de formación de pregrado o posgrado. A partir de ese momento la persona es estudiante de la Universidad Distrital. Con la matrícula el estudiante adquiere el compromiso de cumplir los estatutos y reglamentos de la Universidad, así como el plan de estudios que ésta disponga. $57Ë&8/2&ODVHVGHPDWUtFXOD. Las siguientes son las clases de matrícula
                                        1. Artículo 14. Es aquella que se realiza antes de la iniciación de clases y de acuerdo con el calendario académico de la Universidad.
                                          1. Artículo 15: Es aquella que se realiza dentro de los diez (10) primeros días de clase por autorización del decano
                                            1. Artículo 16. Es aquella que se realiza con requisitos extraordinarios de orden disciplinarios, por razones que debe definir el decano. Las condiciones deben quedar explícitas y por escrito en cada caso particular.
                                              1. Artículo 17 Al estudiante matriculado se le entrega un carné de uso obligatorio, que lo identifique como tal y lo faculta para el uso de los servicios a que tenga derecho en la Universidad. El carné debe renovarse para cada período académico y es de uso personal e intransferible.
                                                1. Artículo 18 El estudiante renueva automáticamente su matrícula cancelando los derechos respectivos y entregando el recibo de pago al coordinador de carrera.
                                          2. Artículo 13. Las siguientes son las clases de matrícula en la Universidad Distrital: a. Matrícula ordinaria; b. Matrícula extraordinaria, y c. Matrícula condicional.
                                      2. Capitulo 3:
                                        1. Artículo 19: En la Universidad Distrital debe existir un comité de admisiones el cual asesora y recomienda a los consejos superior universitario y académico, políticas y procedimientos que garanticen la transparencia y equidad en el proceso de admisiones.
                                          1. Artículo 20: El comité de admisiones tiene las siguientes funciones: a. Elaborar y proponer a los consejos superior universitario y académico, políticas de admisión y selección en la Universidad; b. Proponer al consejo superior universitario políticas que Garanticen la equidad en el cobro de las matrículas; c. Ejercer veeduría en el proceso de admisiones y matrículas en la Universidad; ch. Conceptuar sobre criterios y procesos de reliquidación de matrículas, y d. Las demás que le asigne el consejo superior universitario y el consejo académico.
                                            1. Artículo 21. El comité de admisiones esta conformado por: a. El Vicerrector, o su delegado, que lo preside; b. Un Decano, elegido por el consejo académico; c. El Director Administrativo, quien preside en ausencia del Vicerrector; ch. Un (1) estudiante escogido al azar por el Vicerrector entre, los veinte (20) estudiantes con mayor promedio en la Universidad, para un período de dos (2) años, y d. Un ( 1) profesor de carrera de la Universidad elegido por el consejo académico por un periodo de (2) años.
                                        2. Capitulo 4:
                                          1. Permanencia
                                            1. Artículo 22: El estudiante no puede cursar una misma asignatura más de tres (3) veces. El estudiante que haya cursado el setenta (70%) por ciento o más de su plan de estudios, puede cursar hasta por cuarta vez la misma asignatura.
                                              1. Artículo 23: Se considera en prueba académica al estudiante que se halle en una de las siguientes situaciones: a. No tener el promedio acumulado necesario para permanecer en la Universidad; b. Estar tomando una o más asignaturas por tercera o cuarta vez, en los términos del artículo anterior, y c. Haber reprobado tres (3) asignaturas o más durante el mismo semestre. El consejo de facultad a propuesta de los coordinadores de carrera fija las condiciones para superar la prueba académica, contemplada en el literal a) del presente artículo.
                                          2. Capitulo 5:
                                            1. Transferencias, reitiros u otras circunstancias acádemicas
                                              1. Artículo 24 Las transferencias son Internas y externas. Son internas si se realizan de un programa académico a otro dentro de la Universidad; externas cuando se realizan de otra universidad o centro de estudios superiores del país o del extranjero a la Universidad Distrital.
                                                1. Artículo 25: El decano y el coordinador de carrera, estudian la solicitud y determinan la situación académica en que se recibe al estudiante transferido
                                                  1. Artículo 26: En las transferencias solo se puede admitir al estudiante que solicite cursar al menos el cincuenta por ciento (50%) de las asignaturas del plan de estudios del programa al cual se transfiere.
                                                    1. Artículo 27: Una vez realizada la matrícula, el estudiante que por motivos de fuerza mayor, diferentes a situaciones académicas o disciplinarias, desee retirarse, debe comunicar por escrito su decisión al Consejo de Facultad a la que pertenece, el que decide sobre la petición.
                                                      1. Artículo 28: El estudiante que haya cancelado un semestre o que no ha renovado su matrícula, puede solicitar reingreso a la Universidad en los plazos previstos en el calendario académico y en los términos establecidos en este reglamento.
                                                        1. Artículo 29:  Es el acto mediante, el cual el estudiante registra las asignaturas que ha de cursar en un período académico
                                                          1. Artículo 30 El estudiante puede solicitar al director de carrera la adición de una o más asignaturas, previo visto bueno del profesor consejero. La adición se efectúa en las dos primeras semanas de clase.
                                                            1. Artículo 31:  El estudiante puede solicitar al director de departamento que administra la asignatura, el cambio de grupo en una o más asignaturas, previo visto bueno del profesor consejero. El cambio de grupo se efectúa en las dos (2) primeras semanas de clase.
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