IFAI inicia procedimiento contra Google
por uso de datos.
Caso
El IFAI inició un procedimiento para sancionar a la empresa Google México por el uso de datos personales de un ciudadano en su motor de búsqueda. Desde
el 9 de septiembre de 2014, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) recibió una solicitud de protección de derechos, después
que el quejoso no recibió respuesta por parte de la empresa para cancelar el uso de sus datos personales. Con esto el Pleno del IFAI inició un procedimiento de
imposición de sanciones en contra de Google México, S. de R.L. de C.V., por posibles infracciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en
Posesión de los Particulares (LFPDPPP). Para el IFAI la medida resultó un hecho sin precedentes. “Con esta resolución, México se une a los países que han
sentado un precedente, al considerar a dicha empresa internacional como responsable del tratamiento de datos personales cuando presta servicios de motor
de búsqueda...
... Además, ordenó a dicha empresa hacer efectivos los derechos de cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales de un particular”, apuntó
el instituto en un comunicado. En el documento recordó que Google México argumentó que no es la empresa que presta el servicio de motor de búsqueda,
sino Google Inc., con domicilio en los Estados Unidos y que por eso no atendió la solicitud de ejercicio de derechos del particular. En su análisis el IFAI
concluyó, entre otras, cosas que Google México sí hace un tratamiento de datos personales cuando se coloca en el buscador un dato de cualquier persona y
se encuentra indexado a la información de la Red y que no acreditó que dicho servicio lo realiza o presta una empresa distinta.
Partes que intervienen
Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI), Google México, S. de R.L. de C.V.,
Conflicto
El IFAI dio a conocer su resolución para iniciar un Procedimiento de Imposición de Sanciones contra Google México, derivado
del incumplimiento de ésta a un requerimiento del propio IFAI para hacer valer el derecho de Oposición de un ciudadano
mexicano para eliminar vínculos a notas encontradas a través del buscador, que él consideró lesivos para su honor y vida
privada, y riesgosas para su seguridad e integridad física. La infracción deriva de las acciones del servicio de motor de
búsqueda en Internet, y aunque Google México argumentó que es prestado por su controladora en EU, el expediente del IFAI
muestra que los estatutos sociales de la subsidiaria mexicana contemplan dentro de su objeto social “… la prestación de todo
tipo de servicios a través de medios electrónicos, incluyendo sin limitar, servicios de motor de búsqueda, de mensajería
instantánea…”.
No se olvide que las expresiones de las partes en una controversia y lo manifestado en documentos
públicos, como es la escritura que contenga el acta constitutiva de una sociedad mercantil, hacen prueba
plena en cualquier procedimiento, y desvirtuarla es en extremo complejo
Solución o posible solución:
Iniciar procedimiento de sanciones contra Google México, por posibles infracciones a la ley, relativas a la
salvaguarda de intereses de un particular. A través de un comunicado, el IFAI informó que luego de la
resolución, Google desestimó una solicitud de derecho al olvido, por lo que inició un procedimiento de
sanción. Por su parte, la empresa indica que no es ella, sino Google Inc., quien ofrece el servicio de
búsquedas. En una consulta con especialistas, la conclusión apunta a no caer en un falso debate entre
salvaguarda de datos personales o garantía en la libertad de expresión.