si no se da por terminado el trabajador
podrá exigir que se extienda su
contrato por lo menos a un año.
Contrato por tiempo fijo
Las partes se ponen de
acuerdo en el tiempo de
duración.
Este tiempo no puede
ser menor al de un año
Contrato ocasional
No excede de un mes
Sus actividades son distintas a las que
normalmente desarrolla el empleador
Contrato indefinido
Si no se ha fijado el tiempo
de duración, estamos ante
un contrato indefinido.
Contrato de temporada
Es el que se celebra para tareas que no son
habituales todo el año, por un período corto.
El empleador está obligado a contratar
nuevamente al trabajador la próxima temporada
Según la forma de
pago
A sueldo o jornal
Se celebra entre el empleador y el
trabajador estableciendo una
unidad de tiempo.
Por unidad: una semana,
una quincena, un mes.
Contrato en partiipacion
La remuneración del trabajador será un porcentaje
de todas las utilidades que el negocio produzca.
Si las utilidades no llegan a cubrir el
salario mínimo, el empleador deberá
pagar por lo menos el salario mínimo.
El contrato en participación es independiente
del derecho que tienen los trabajadores de
percibir el 15% de utilidades.
Mixto
Es aquel en que el trabajador pacta,
un sueldo o salario fijo y una
determinada participación.
Según la forma de
ejecutar el trabajo
Por obra cierta
El trabajador recibirá una remuneración al
terminar la obra, sin tomar en consideración
el tiempo que lleve concluir el trabajo.
Por tarea
El trabajador recibirá su remuneración al
terminar el trabajo en un tiempo previamente
establecido con el empleador.
A desacato
el trabajo se realiza por unidades
de obra.
No se toma en cuenta el
tiempo invertido.
¿Qué es un contrato individual de trabajo?
Es un contrato en el cual el trabajador se compromete a realizar
obras o servicios para una persona física o jurídica denominada el
empleador a cambio de una remuneración.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.