Determinación de los Supuestos de la Inaplicación del Precedente Huatuco
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Como se puede ver en el Exp. 27013-2013-0-1801-JR-LA-03; nos indica que una de las trabajadoras del Poder Judicial del Área de Administración, pide la igualdad de sus derechos laborales frente a las de sus compañeros, pero esta institución no reconoce este reclamo y procede con un Proceso Administrativo sancionador de despido, por la cual la trabajadora apela esta decisión con la Nulidad de la Sentencia y la Restitución inmediata a su puesto laboral de origen ??.
Determinación de los Supuestos de la
Inaplicación del Precedente Huatuco
Asunto
Recurso se Apelación de la Sentencia N° 137-2014-03-JTL, de fecha
02 de junio del 2014; el cual declaró fundado en parte la demanda
y se ordena la reposición de la demandante a su mismo puesto de
trabajo o similar del cargo de Asistente Administrativa II en la
Procuraduría del Poder Judicial y el pago de S/. 18, 226.39
Agravios
Tiene una desnaturalización de contrato por el periodo
del 15/10/2008 al 21/09/2013, pero no se presenta
contrato donde figure la desnaturalización del periodo
CAS, porque fueron contratos Accidentales de
Suplencia; según lo establece el D.L. N° 728
La demandante mediante su escrito de apelación argumenta los siguiente;
porque, le Juzgado no se han pronunciado sobre los incrementos
remunerativos del periodo del 2008-2013, le corresponde; porque, es
evidente los dos plenos laborales supremos y como señala el Juzgador.
Precedente Constitucional
Vinculante
Art. VII del Título Preliminar del Código Procesal Civil
Expediente del Tribunal Constitucional N° 0024-2003-AI/TC
Frente a la Independencia de
las Decisiones Judiciales
Art. 2 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial
Art. 138° de la
Constitución Política del
Estado de 1993
El Expediente N° 006-2006-PC
de fecha 13/02/2007
Fundamento N° 44
Fundamento N° 26
Fundamento N° 04
La Dignidad de la Persona en el
Seno de la Relación Laboral
A fin de emitir una posición coherente con los derechos laborales
internacionales, es necesario indicar que la dignidad humana
constituye tanto un principio como un derecho fundamental
Eficacia Horizontal de los
Derechos Fundamentales
La Constitución es la norma de máxima
supremacía del ordenamiento jurídico
vinculado con el Estado y la Sociedad
Esto quiere decir que:
Fuerza Normativa de
la COnstitución
La fuerza activa
y pasiva
Fuerza Reguladora de
Relaciones Jurídicas
Proyectan le denominada
Eficacia inter privados o eficacia frente a
terceros de los derechos fundamentales
Principios que Rigen el
Presente Proceso
Principio de
Realidad
Principio de
Continuidad
Prinicipios Laborales de
Segunda Generación
Principio de Primacía de la Disposición más
Favorable de la Persona Humana y Principios de
la Progresividad y no regresividad de los
Derechos Humanos de Naturaleza Laboral
Principio de Igualdad en las
Relaciones Laborales
Todos los trabajador4es tiene el derecho a las mismas
oportunidades laborales si este previamente haya ganado
un concurso público de méritos para una plaza
presupuestada y vacante de duración indeterminada
Principio
Protector
Conclusiones del
Tribunal
La aplicación de la Sentencia mencionada, es un
precedente vinculante; porque, tiene relación con el
principio de continuidad laboral para aquellos
trabajadores de la administración pública que
vienen siendo sometidos al contratos del trabajador
Ha Resuelto
DECLARA NULA, la Sentencia N° 137-2014-3° JTL de fecha
02/06-2014, obrante de folios que obra de fojas 244 a 260,
que declara FUNDADA en parte la demanda
ORDENAR que el a quo proceda a emitir nuevo
pronunciamiento conforme a lo señalado en los
fundamentos que preceden