Concepto:
supone el
cambio del
puesto de
trabajo y
funciones que
venían en el
convenio.
Las condiciones son:
se ha de respetar la
dignidad del
trabajador y se ha de
designar por
titulación.
TIPOS
Horizontal: no
necesita
causa, dentro
de un grupo
profesional.
Vertical: (fuera del
grupo). Causas
técnicas/organizativas.
Por tiempo
imprescindible.
Comunicación a
representantes
trabajadores.
Descendente.
Mantenimiento salario
Ascendente. Salario
categoría superior
Dcho ascenso:>6
meses/1 año ó 8 meses
/2 años.
Movilidad extraordinaria:
modificación sustancial
condiciones de trabajo.
Cambio definitivo de
funciones
Movilidad geográfica
Concepto:
cambio de
centro y
residencia y
que no esté
previsto en el
contrato.
TIPOS
Traslado: Más de 1 año
en período de 3 años
Individual. Comunicación
30 días antelación y
derecho gastos.
Opciones: aceptar,
extinción (20/12),
recurrir Colectivo. Nº de
trabajadores en 90 días >
umbrales ET Consultas
15 días con
representantes. Acuerdo
o no. Prioridad
representantes.
Desplazamiento:
comunicación
antelación suficiente
(5d/>3m) dchos: 4
días /3 meses y
gastos viaje/dietas
Opciones: aceptar,
recurrir.
Causas:
económicas,
técnicas,
organizativas
y
producción.
Modificación sustancial
Materias:
jornadas de
trabajado,
horario,
regimen
trabajo,
turnos,
salarios,
funciones más
allá de la
movilidad
sustancial.
Causas:
económicas,técnicas,
organización y
producción.
TIPOS
Individual:
comunicación
al trabajador y
representante
con antelación
de 15 días, se
puede recurrir,
aceptar y
extinguir
indemnización
20/9. 33/24 si
menoscabo
dignidad.
Colectiva:
Consultas 15
días.
Notificación y
efecto en 7
días.
Posibilidad
recurso
colectivo e
individual
SUSPENSIóN:
el trabajador
deja de
prestar sus
servicios y
tampoco
cobra la
retribución
durante ese
tiempo que
dura la
suspensión.
Tipos: Razones de conciliación
(maternidad, paternidad, etc),
excedencias, fuerza mayor
temporal, huelga o cierre legal de
la empresa, baja laboral,
incapacidad permanente,
suspensión empleo y sueldo, etc.
Causas: económicas,
técnicas, organizativas y
producción.
Extinción
Contrato
Laboral
Por voluntad del trabajador
Dimisión: cuando el
trabajador decide
dejar de trabajar
para dicha empresa
por voluntad propia
y avisa con 15 días
de antelación. Sin
indemnización.
Abandono: lo
mismo que en
dimisión pero
sin avisar
previamente. El
empresario
puede
denunciar al
trabajador por
daños y
perjuicios
Incumplimiento
grave de la
empresa: no
pagos,
modificación
sustancia
menoscabo
dignidad, etc.
Solicitud al
juzgado.
Movilidad
funcional/geográfica:
Indemnización y
extinción por escrito
o recurso.
Modificación
sustancial
condiciones de
trabajo: con
indemnización.
Víctima violencia de
género: sin
indemnización, con
desempleo, comunicación
por escrito al emprersario
Por voluntad de la empresa
Despido
disciplinario:
incumplimiento
grave y
culpable por
parte del
trabajador.
Despido causas
objetivas:
ineptitud
sobrevenida del
período de
prueba, faltas
asistencias
justificadas,
amortización
puestos de
trabajo, etc.
Despido
colectivo: por
motivos
técnicos, de
producción u
organizativos.
Mediante un
ERE´s.
Despido
fuerza mayor:
hecho
imprevisible e
involuntario.
Otras causas
Finalización
contrato
temporal
Muerte,
jubilación o
invalidez del
empresario o
del
trabajador.
Extinción
personalidad
jurídica.
Mutuo
acuerdo.
Pacto
válido del
contrato.
Derecho procesal social: Juzgados y
Tribunales: de lo Social Tribunal
Supremo: recursos contra
resoluciones AN y TSJCA. Audiencia
Nacional: conflictos nacionales
Tribunales Superiores de Justicia
CCAA: conflictos CCAA Juzgados de
los Social: conflictos provincia
Plazos para acciones legales: 20
días hábiles: despidos, movilidad
geográfica y modificación
sustancial condiciones de trabajo,
sanciones del empresario 20 días
naturales: fecha disfrute
vacaciones 1 año: salarios y otras
percepciones; otras sin plazo 30
días : ante Seguridad Social o
Administración 20 días: recursos
contra derechos de conciliación
Derecho procesal: Derecho
procesal Proceso a seguir por el
trabajador para recurrir -Solicitud
mediación o papeleta de
conciliación ante SMAC C.A. o
reclamación previa contra
Administración (no en algunos
casos) -Acto de conciliación:
interrupción de plazos (máximo 15
días) no presentación del
trabajador / empres Resultado: con
acuerdo /sin acuerdo -Demanda:
contenido coincidente con
conciliación. Admisión por
secretario y señalamiento fecha
conciliación judicial y juicio.
-Conciliación judicial. Intento por
secretario judicial -Juicio oral. Posib.
de asistencia de abogado, procur.,
sindicato. Ratificación demandante
y contestación ; después pruebas .
Finiquito: Finiquito
Doble naturaleza
Liquidación de haberes
Extinción de la relación
laboral - Posibilidad
presencia representante
trabajadores -
Posibilidad de firmar
como “no conforme”
Cantidades a percibir
Salario pendiente Parte
proporcional pagas
extras Vacaciones no
disfrutadas
Indemnización por
despido Reserva 1er año