NOM-043-SSA2-2012

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NOM-043-SSA2-2012
Mich AR
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NOM-043-SSA2-2012
  1. OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN
    1. Establece los criterios que deberán seguirse para
      1. Orientar a la población en materia de la alimentación
      2. Observancia obligatoria para la personas que
        1. Ejercen actividades en materia de orientación aliemntaria
      3. ALGUNOS PALABRAS CLAVE
        1. AG
          1. AGI
            1. AGS
              1. AGPI
                1. AGMI
                  1. AGT
                    1. AG Omega 3 y omega 6
                    2. Alimentación
                      1. Alimento
                        1. Anemia
                          1. Anorexia
                            1. Bulimia
                            2. DISPOSICIONES GENERALES
                              1. Las actividades operativas de orientación aliemtaria deberán ser
                                1. Efectuados por personal capacitado o calificado
                                2. La orientación alimentaria debe llevarse a cabo mediante
                                  1. Acciones de educación para la salud, participación social y comunicación educativa
                                  2. Criterios Gen. de alimentación
                                    1. Prevención de enfermedades relacionadas con la alimentación
                                    2. DISPOSICIONES ESPECIFICAS
                                      1. Descartar que al interior de la fam. es necesario distribuir la cant. de alimento
                                        1. Orientar a la población a fin de determinar la dieta fam.
                                          1. Mujer embarazada
                                            1. Adecuar el consumo de alimentos para cubrir las necesidades nutricias
                                            2. Mujer en periodo de lactancia
                                              1. Aumentar el consumo de alimentos y líquidos
                                              2. Grupo de edad menor de seis meses a doce meses
                                                1. Alimentación exclusivamente de leche materna para cubrir las necesidades nutricias
                                                  1. Eventualmente se incorporaran los mismos alimentos que la familia
                                              3. APENDICES NORMATIVOS
                                                1. Se identifican tres grupos alimenticios para la Orientación Alimentaria
                                                  1. Verduras y frutas, Cereales y tubérculos, Leguminosas y alimentos de origen animal
                                                  2. Clasificación de Obesida y sobrepeso mediante el IMC
                                                  3. APENDICES INFORMATIVOS
                                                    1. A: Recomendaciones para iniciar la ablactación
                                                      1. B: Fuentes de nutrimentos
                                                        1. C: Recomendaciones para la preparación, consumo y conservación de alimentos
                                                          1. D: Recomendación de ganancia de peso para mujeres embarazadas d acuerdo a su peso pregestacional
                                                            1. E: Prevención de anemia ferropriva
                                                              1. F: Alternativas para la administración de leche materna y sucedaneos
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