OTROS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

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EN EL PRESENTE RECURSO ENCONTRARÁS INFORMACIÓN ACERCA DE LOS OTROS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES, BIEN SEA, SU DEFINICIÓN, DESARROLLO Y DONDE ESTÁN ESTABLECIDOS LEGALMENTE, ENTRE OTROS ASPECTOS.
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OTROS PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
  1. Procedimiento por el Juzgamiento de los Delitos Menos Graves
    1. Solo delitos menos graves
      1. Privación de libertad no exceda de los 8 años
        1. Previstos en la ley
          1. Consideración del legislador
            1. Delitos de Acción Pública
          2. Establecido en el COPP
            1. Art. 354 al 371
            2. caso del rebeldía por el procesado
              1. se le dictará una medida de coerción personal
              2. se fijará una Audiencia de Imputación
                1. pudiendo darse
                  1. principio de oportunidad y acuerdos reparatorios
                    1. Art. 357
                    2. suspensión condicional del proceso
                      1. Art. 358 y 359
                      2. formulas alternativas a la prosecución del proceso
                        1. Art. 361 al 364
                      3. Presentada la acusación al Juez
                        1. se fija la Audiencia Preliminar
                          1. las partes exponen los fundamentos de sus pretensiones
                            1. Incomparecencia
                              1. solo se difiere la audiencia una sola vez
                                1. El Juez de instancia municipal deja constancia en acta
                                  1. citación de las partes presentes
                                    1. orden de citación de los ausentes
                                  2. injustificada del imputado
                                    1. se dicta orden de aprehensión en su contra
                                2. Auto de Apertura a Juicio
                                  1. Art. 369 y 314 COPP
                                    1. Juicio Oral y Público
                                      1. ante un Tribunal Unjpersonal de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado
                                        1. donde se encuentre el Juzgado de Primera instancia Municipal
                          2. Procedimiento por Admisión de los Hechos
                            1. Reconocimiento del Imputado por los hechos que se le acusan
                              1. se caracteriza por ahorrarse el Juicio Oral
                                1. su finalidad es la rebaja de su pena
                                2. Art. 375 COPP
                                  1. tendrá lugar desde la audiencia preliminar y antes de la recepción de pruebas
                                    1. el Juez informa al acusado respecto a este procedimiento
                                      1. el acusado podrá solicitar la aplicación de este procedimiento
                                        1. En el cual admitirá los hechos objeto del proceso en su totalidad
                                          1. Solicitará al tribunal la imposición inmediata de la pena respectiva
                                  2. el Juez podrá rebajar la pena aplicable al delito
                                    1. un tercio a la mitad de la pena
                                      1. pudiendo cambiar la calificación jurídica del delito
                                        1. Tomando en consideración el bien jurídico afectado y el daño social causado
                                      2. un tercio de la pena aplicable
                                        1. cuando haya habido violencia contra las personas
                                          1. cuya pena exceda los 8 años en su limite máximo
                                          2. delitos que causen graves daños
                                            1. personas
                                              1. patrimonio público
                                                1. administración pública
                                          3. Procedimiento para la Aplicación de Medidas de Seguridad
                                            1. Art. 410 COPP
                                              1. la imputabilidad era causa eximente de la responsabilidad penal
                                                1. el nuevo Código Orgánico Procesal Penal
                                                  1. establece que independientemente de la capacidad mental una persona será sancionada cuando haya cometido un hecho punible
                                                    1. este proceso tiene como finalidad
                                                      1. independientemente de su capacidad mental, quien cometa un hecho punible será sancionado
                                                        1. la persona que reviste cierta peligrosidad sea apartada de la sociedad
                                                          1. el representante legal del acusado indemnice a la víctima
                                                        2. Ministerio Público, en razón de la inimputabilidad de una persona
                                                          1. estima que solo corresponderá la aplicación de una medida de seguridad
                                                            1. se aplicará este procedimiento
                                                              1. con su respectiva acusación
                                                              2. cuando el tribunal estime que el investigado no es inimputable
                                                                1. ordenará la aplicación del Procedimiento ordinario
                                                                  1. Art. 412 COPP
                                                            2. este procedimiento se regirá por las reglas comunes
                                                              1. establecidas en el Art. 411 COPP
                                                            3. Procedimiento para Juzgar las faltas
                                                              1. es una forma de procedimiento sumarísimo
                                                                1. es decir, muy breve
                                                                2. todo funcionario que tenga conocimiento sobre la comisión de una falta
                                                                  1. establecida en el Código Penal, alguna ley especial o que por alguna ley sea perseguida
                                                                    1. solicitará el enjuiciamiento directamente ante el juez de juicio
                                                                      1. actuando unipersonalmente, mediante un escrito
                                                                        1. indicará:
                                                                          1. Identificación del imputado y su domicilio.
                                                                            1. resumen descriptivo del hecho imputado (tiempo y lugar)
                                                                              1. la disposición legal que se considere infringida
                                                                                1. señalamiento de datos pertinentes para el juzgamiento
                                                                                  1. documentos
                                                                                    1. objetos entregados por el infractor o incautados
                                                                                      1. identificación y firma del solicitante
                                                                              2. las faltas son actos ilícitos penales
                                                                                1. que lesionan derechos
                                                                                  1. personales
                                                                                    1. patrimoniales
                                                                                      1. sociales
                                                                                      2. no constituyen delitos pero si una menor intensidad criminosa
                                                                                        1. solo es punible cuando se ha consumado
                                                                                        2. las faltas esta establecidos en el Código Penal
                                                                                          1. Libro Tercero. a partir del Art. 483 al 545 CP.
                                                                                            1. Faltas Contra el Orden Público
                                                                                              1. Faltas Relativas a la Seguridad Pública
                                                                                                1. Faltas concernientes a la Moralidad Pública
                                                                                                  1. Faltas Relativas a la Protección Pública de la Propiedad
                                                                                              Show full summary Hide full summary

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                                                                                              Agote la vía gubernativa
                                                                                              MARCO JURÍDICO
                                                                                              Javier Paz
                                                                                              Aplicación de la teoría del conectismo en las cátedras de Derecho Constitucional I y II.-
                                                                                              evamarcela.escob
                                                                                              PENAL
                                                                                              vivibel2511