El Código Tributario es una norma que regula las
relaciones jurídicas entre el acreedor y del deudos
de los tributos únicamente lo que menciona es
que se entienden como tales a los impuestos,
tasas y contribuciones especiales o de mejora y
adicionalmente se señala que son medios para
recaudar ingresos públicos.
se clasifican
TRIBUTACIÓN
tributos son las prestaciones
en dinero que el Estado, en
ejercicio de su poder de
imperio, exige con objeto de
obtener recursos para el
cumplimiento de sus fines
se dividen en
IMPUESTOS
Este tributo tiene la
característica de ser exigido
por un hecho, acto, negocio o
situación que ha previsto el
legislador en la ley como
generador del tributo, es decir,
que no existe
contraprestación, de los cuales
se puede citar a los siguientes:
Impuesto a la renta, Impuesto al valor
agregado, Impuesto a los consumos
especiales, Impuesto a los vehículos
motorizados, Impuesto a la propiedad
de tierras rurales,Impuesto a la salida
de divisas,Impuesto a los activos en el
exterior, Impuesto a los ingresos
extraordinarios, Impuesto predial,
Impuesto de patentes municipales,
Impuesto de alcabalas, Impuesto a los
espectáculos públicos, Impuesto del 1.5
por mil a los activos totales, Impuesto a
la utilidad y plusvalía, entre otras
TASAS
Son tributos que se satisfacen por
la prestación de servicios públicos
como
Agua potable
Alcantarillado y
canalización
Recolección
de basura y
aseo público
CONTRIBUCIONES
ESPECIALES DE MEJORA
Esta clase de tributos se
satisface cuando los propietarios
de bienes inmuebles ubicados
dentro del perímetro urbano
como
Obras de
alcantarillado
Plazas,
parques y
jardines
Repavimentación
urbana
PRINCIPIOS DE
LEGISLACIÓN TRIBUTARIA
analiza la evolución de
los tributos
se dividen en
LEGALIDAD O
RESERVA DE LEY
consiste en que se puede establecer,
modificar, exonerar o extinguir impuestos,
prescribe que sólo por acto legislativo de
órgano competente se podrán establecer,
modificar o extinguir tributos
IGUALDAD
se establece que todos los individuos de
la especie humana somos iguales ante le
ley y en consecuencia gozamos de los
mismos derechos, oportunidades. En
virtud de este principio, todas las personas
merecemos el mismo tratamiento
tributario
GENERALIDAD
En muchas ocasiones
este principio se lo
asocia o asimila al de
igualdad, cuando se
que la vigencia de la
ley dentro de un
determinado
territorio, es decir,
que la ley obliga a
todas las personas
que se encuentran
dentro de una
determinada
circunscripción
territorial.