Responsabilidad Civil Extracontractual porHecho Ajeno

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COMPENSACION
VALENTINA BELLO
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VALENTINA BELLO
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Responsabilidad Civil Extracontractual porHecho Ajeno
  1. COMPENSACIÓN
    1. Es un modo de extinguir obligaciones
      1. tiene lugar cuando dos personas son deudoras la una de la otra
        1. cuya virtud ambas deudas se extinguen hasta la concurrencia de la menor
      2. CLASIFICACIÓN
        1. CONVENCIONAL
          1. Aquéllas que acuerdan libremente quienes son acreedores y deudores el uno del otro
          2. JUDICIAL
            1. Es aquélla que el Juez puede realizar al dictar sentencia cuando así lo haya solicitado una de las partes.
            2. LEGAL
              1. Es aquélla que se produce por el solo ministerio de la ley, tan pronto como aparecen los créditos compensables, los que se extinguen ipso jure, prescindiendo de la voluntad de las partes.
            3. REQUISITOS
              1. 1. Deben existir créditos entre las mismas personas
                1. 2. Ambas deudas deben ser líquidas
                  1. 3. las prestaciones de ambas obligaciones deben ser idénticas
                  2. EFECTOS
                    1. Una vez producida la compensación esta tiene efectos retroactivos al día en que ambas deudas
                      1. importancia para el pago de los intereses.
                  3. CONCURSO DE DOS CAUSAS LUCRATIVAS
                    1. Es un modo de extinguir las obligaciones de dar una cosa cierta y determinada,
                      1. Proveniente de un título lucrativo y tiene lugar cuando dicha cosa pasa a ser propiedad del acreedor por otro modo también lucrativo (gratuito).
                        1. REQUISITOS
                          1. 1. Debe tratarse de una obligación de dar especies.
                            1. 2.debe haber sido adquirida a título gratuito la misma cosa.
                              1. 3. la adquisición debe haberse verificado de un modo igualmente gratuito.
                        2. CONFUSIÓN
                          1. Es un modo de extinguir las obligaciones
                            1. reunir una misma persona la calidad de acreedor y deudor.
                          2. PACTO DE NO PEDIR
                            1. Cuando el acreedor remite la deuda al deudor sin emplear las formas de la aceptilatio
                              1. Consiste en el pacto en virtud del cual el acreedor promete al deudor no exigir el pago de la deuda.
                                1. El pacto de no pedir es aplicable a toda clase de obligaciones y opera opeexceptionis.
                            2. EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES PRINCIPALES POR CAUSA DE MUERTE
                              1. Mutuo Disenso.
                                1. Este es un modo de extinguir las obligaciones consensuales por consentir ambas partes en ello.
                                2. La Muerte
                                  1. La muerte de una de las partes es un modo de extinguir las obligaciones nacidas de negocios tuito persona
                                  2. Por la extinción de la obligación principal.
                                    1. Es un modo de extinguir las obligaciones propias y características de las obligaciones accesorias.
                                    2. Por imposibilidad de la prestación.
                                      1. 1. si la cosa objeto de la obligación es un cuerpo cierto y perece por caso fortuito
                                        1. 2. Si el deudor por causa no imputable a él se encuentra en absoluta imposibilidad de ejecutar la prestación.
                                      2. PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA..
                                        1. La extinción de una obligación por el transcurso de un determinado período de tiempo, sin que el acreedor haya exigido su cumplimiento
                                          1. ELEMENTOS
                                            1. transcurso del tiempo.
                                              1. inactividad del acreedor.
                                              2. Interrupción y Suspensión de la prescripción extintiva.
                                                1. Interrupción
                                                  1. Tiene por objeto hacer perder el plazo transcutiene por objeto hacer perder el plazo transcurrido con anterioridad a la causa que la provocarrido con anterioridad a la causa que la provoca
                                                  2. Suspensión
                                                    1. Solo detiene el curso de la prescripción mientras subsista la causa que la produce, de manera que una vez que esta desaparece la prescripción continúa corriendo
                                                Show full summary Hide full summary

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