Relación Jurídica construida en virtud de ciertos hechos entre 2 o + pax x 1/2 de la
cual una denominada acreedor puede exigir una prestaciónde otra llamada
acreedor.
Naturaleza jurídica
1. Teoría clásica o subjetiva: El D cumple a favor del A
2.Teoría del debíto y la responsabilidad
2.1 Acto del D: realizar una prestación
2.2 Acto del A: si no le
cumplen se va contra
el patrimonio del D
Caracteres: 3
Restric.de la libertad sobre los Bienes
Exist.de un comportramientodeterminado
xa el D
Susceptible de valoración económica
Elementos
Subjetivos:
Sujeto activo:
Acreedor, titular del
crédito, prentensor
Sujeto pasivo:
Deudor, titular del
deber jurídico
Reales u Objetivos
Prestación: Conducta de dar, hacer no hacer
Posible: lo imposible no tiene imposibiliad
Lícito:No contrario a ley, orden público o buenas costumbres
Determinado: El A debe saber lo q va a exigir y
el D lo que va a satisfacer.
Formales:
Cumplimiento de una serie de formalidades
Causa: Es la razón
por la cual el
contratante asume
su obligación
Casos de la causa:
Contratos bilaterales: En compraventa, la causa de que el
vendedor se obligue a transmitir la cosa es porque la causa
del deudor es el pago de la cossa - ambos se obligan
Contratos reales: En un depósito, la causa del mismo es la devolución de la cosa.
Contratos a título grauito: La causa es la intención
de hacer una liberalidad. (dar algo)
Fuentes: Hechos o actos que dan vida a la obligación (4)