Activos totales excluida la
vivienda por valor inferior
a(500)SMLV
PEQUEÑAS EMPRESAS
entre quinientos uno (501) y menos
de cinco mil (5.000) SMLV
entre once (11) y cincuenta (50)
trabajadores
MICROEMPRESAS
10 TRABAJADORES
Activos totales entre 5001a 3000
a SMLV
SEGUN LA ORIENTACION
MANUFACTURA
COMERCIAL
SERVICIOS
SEGUN LA PROPIEDAD DEL CAPITAL
MIXTA
PUBLICA
PRIVADA
SEGUN EL AMBITO DE ACTIVIDAD
PROVINCIALES
LOCALES
NACIONALES
MULTINACIONALES
REGIONALES
FORMA JURIDICA
SIN ANIMO DE LUCRO
TIPO DE CAPITAL: APORTES DE ASOCIADOS
FORMA DE CREACION
POR ACTA DE CONSTITUCION
POR DOCUMENTO PRIVADO
POR ESCRITURA PUBLICA
DISOLUCION
POR VENCIMIENTO DE TERMINO DE DURACION
POR DECISION DE LOS ASOCIADOS
POR CAUSA LEGAL O ESTATUTARIA
POR TERMINACION DEL PATRIMONIO
POR APERTURA DE LIQUIDACION U ORDEN DE AUTORIDAD COMPETENTE
REVISOR FISCAL Esta obligación existe para las
fundaciones y para las cooperativas cuyo patrimonio
exceda 500 salarios mínimos.
LIMITADAS L.T.D.A.
TIPO DE CAPITAL: El capital esta dividido en
cuotas o partes de igual valor que debe ser
pagado en su totalidad al momento de
constituir la sociedad, . Este tipo de
sociedades debe constituirse con dos o más
socios y el número máximo es de 25
FORMA DE CREACION: POR ESCRITURA PUBLICA
DISOLUCION
POR CESE DE ACTIVIDADES
POR CONCLUSION DE LA EMPRESA
POR LA IMPOSIBILIDAD MANIFIESTA DE CONSEGUIR EL FIN SOCIAL
POR PARALIZACION DE LOS ORGANOS
POR PERDIDAS QUE REDUZCAN EL PATRIMONIO
POR CUALQUIER OTRO CAUSAL PREVISTO EN LOS ESTATUTOS
REVISOR FISCAL 1º. Las sociedades por acciones; - 2º. Las
sucursales de sociedades extranjeras, y - 3º. Las sociedades
en las que por ley o por estatutos, la administración no
corresponda a todos los socios, cuando así lo disponga
cualquier número de socios excluidos de la administración
que representen no menos del veinte por ciento del capital."
SOCIEDAD ANONIMA S.A.
TODO IGUAL A SIMPLIFICADA POR ACCIONES
SIMPLIFICADA POR ACCIONES S.A.S.
REVISOR FISCAL: La sociedad por acciones simplificada está en la obligación de tener revisor fiscal en
el evento en que cumplan con los topes de ingresos y patrimonio a los que se refiere el artículo 13 de
la ley 43 de 1990, y en casos particulares en que una ley especial las obligue.
DISOLUCION
Por vencimiento del término previsto en los estatutos
Por imposibilidad de desarrollar las actividades previstas en su objeto socia
Por la iniciación del trámite de liquidación judicial
Por las causales previstas en los estatutos
Por voluntad de los accionistas adoptada en la asamblea o por decisión del accionista único
Por orden de autoridad competente,
Por pérdidas que reduzcan el patrimonio neto de la sociedad por debajo del cincuenta por ciento del
capital suscrito
FORMA DE CREACION: DOCUMENTO PRIVADO
TIPO DE CAPITAL ACCIONES QUE NO PUEDEN ESCEDER EL PAGO EN DOS AÑOS